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22/03/2019

Cannabis medicinal: fallo a favor de un niño

Una jueza de Amparo ordenó a una obra social que provea de cannabis medicinal Charlotte para el tratamiento de un chico en la localidad de El Bolsón.
Cannabis medicinal: fallo a favor de un niño
Cannabis medicinal: fallo a favor de un niño

 

Erika Fontela, titular del Juzgado Multifueros de El Bolsón, hizo lugar a un recurso de amparo presentado por una familia de esa localidad, y ordenó a la Obra Social OSECAC, que instrumente todos los recursos necesarios para la provisión de Cannabis Medicinal -Charlotte-, recetado a un niño de 6 años de edad, quien entre otras dolencias, padece epilepsia refractaria.


La sentencia indica que el medicamento deberá ser entregado en un plazo que no supere los 15 días de notificada la resolución. Asimismo, el fallo ha ordenado que Osecac deberá acreditar el cumplimiento de la manda, bajo apercibimiento de ordenar una multa de cinco mil pesos por cada día de retardo, con remisión de las constancias al fuero penal en caso de incumplimiento.


Según se informó, en la presentación del amparo, el padre del niño consignó que su hijo requiere del cannabis medicinal ‘Charlotte‘ a fin de tratar las convulsiones que sufre por la epilepsia refractaria que padece. Así fue indicado por el neurólogo tratante.


El niño nació con una enfermedad hepática, y fue operado a los 2 meses de vida. Posteriormente necesitó un trasplante hepático a los 9 meses de vida. En dicha operación sufrió una complicación, que devino en una isquemia cerebral que le produjo epilepsia desde temprana edad, por ello se indicó medicación anti convulsionante para la epilepsia. Se probaron diferentes drogas, llegando al diagnostico actual de epilepsia refractaria. Su médico tratante, ha indicado aceite de cannabis en la forma farmacéutica denominada Charlotte.


El fallo ha consignado, que si bien la Obra Social , no negó la provisión del medicamento, si, requirió, que los padres del niño realizaran una serie de trámites de difícil resolución. Entre ellos, y a modo de ejemplo, constituirse como despachante de aduanas y realizar los trámites con clave fiscal.


Cabe señalar que la patología del niño está debidamente acreditada con los certificados médicos pertinentes y con la historia clínica, la que se encuentra agregada al expediente.


La jueza Fontela, en su fallo, destacó ‘ ...Si bien la Obra Social no ha brindado su negativa en forma categórica, se advierte que las opciones brindadas a los progenitores son absolutamente engorrosas, complejas, obstruccionista y no facilitan la cobertura integral, pregonada”.