Denunciaron a una cuidadora de un Caina por agredir a una niña de siete años
Una trabajadora de un Centro de Atención Integral a la Niñez y Adolescencia (Caina) de Sierra Grande quedó imputada en una investigación penal por un presunto episodio de violencia física contra una niña de siete años, que se encontraba bajo cuidado institucional. La acusación sostiene que la mujer habría utilizado la fuerza de manera desproporcionada durante un episodio ocurrido en mayo.
Lee también: Robo de armas en la Justicia: analizan 400 GB de información de los teléfonos secuestrados
En una audiencia realizada en San Antonio Oeste, el fiscal Roberto Veratti atribuyó a una de las cuidadoras haber ejercido violencia física contra la menor mediante “empujones, inmovilizaciones, reducciones físicas y el arrastre de la niña por los pasillos del establecimiento”.
Según la acusación, el hecho habría ocurrido el 27 de mayo de 2026, entre las 22 y las 22.30, dentro del Caina ubicado en el barrio Villa Esparza de Sierra Grande. La particularidad del caso, según planteó el Ministerio Público Fiscal, es que la mujer se encontraba cumpliendo funciones como guardadora y cuidadora de niños. Para la Fiscalía, esa función le otorgaba una posición especial de autoridad y un deber de protección sobre los menores alojados en el organismo.
En ese contexto, sostuvo que la mujer habría “abusado de la posición funcional que ocupaba”, apartándose de las obligaciones de cuidado y de los protocolos vigentes para este tipo de establecimientos. Por esos hechos, la Fiscalía calificó la conducta como un presunto delito de “incumplimiento de los deberes de funcionario público, atribuyéndole responsabilidad en carácter de autora”.
Videos, testimonios y protocolos
La investigación cuenta con distintos elementos incorporados por la Fiscalía. Entre ellos figura la denuncia presentada el 28 de mayo por la titular de la delegada de la Zona Atlántica de la Secretaría de Estado de Niñez, Adolescencia y Familia (Senaf), acompañada por fragmentos de las cámaras de seguridad internas del Caina.
También fueron mencionadas las declaraciones de la coordinadora del establecimiento y de una operadora, además de un informe de la División Judicial de Investigaciones con registros fílmicos correspondientes al período comprendido entre el 17 de mayo y el 17 de junio.
A esto se sumaron los protocolos de actuación y atención de niños, niñas y adolescentes que regulan el funcionamiento de los organismos estatales dependientes de la Senaf y las áreas vinculadas a Seguridad y Salud.
La Fiscalía solicitó cuatro meses para completar la investigación. Entre las medidas pendientes se encuentra la posibilidad de realizar una entrevista en Cámara Gesell a la niña, cuestión que todavía se encontraba en evaluación y requiere coordinación y logística específica.
La defensa de la denunciada, la abogada Graciela Carriqueo, no se opuso a la formalización ni al plazo de investigación. La propia acusada manifestó haber comprendido el hecho que se le atribuye. De esta manera, el juez Juan Martín Brussino Kain tuvo por formalizada la investigación por la calificación planteada por la Fiscalía y fijó un plazo de cuatro meses para avanzar con las medidas pendientes.
Leer más: Se vivieron momentos de dramatismo en un CAINA de Viedma
La discusión más extensa de la audiencia se produjo después, cuando la Fiscalía pidió una medida para impedir que la mujer continuara ingresando al Caina y desempeñando tareas allí durante el proceso de investigación.
El planteo se fundamentó en la necesidad de evitar un eventual entorpecimiento de la investigación y cualquier contacto de la imputada con otros niños alojados en el establecimiento. La Fiscalía señaló además que la menor involucrada ya no se encontraba en el Caina, sino bajo el cuidado de una familia solidaria.
La defensa inicialmente manifestó que no se oponía, pero luego modificó su postura al conocer que la mujer había sido reubicada en otras funciones, aunque continuaba concurriendo al mismo edificio. La defensora Carriqueo consideró excesivo ordenar una nueva reasignación de tareas, especialmente porque la niña ya no estaba en el lugar y la investigación se encontraba avanzada.
“Se puede limitar solamente a una prohibición de acercamiento y contacto con los niños que están en el establecimiento”, planteó la defensa, cuestionando que existiera un riesgo concreto de entorpecimiento.
El juez, finalmente, no hizo lugar al pedido de exclusión del edificio. En cambio, dispuso una medida provisoria: que la denunciada no podrá tener contacto con ningún niño, niña o adolescente que concurra al Caina mientras funcione en ese domicilio, ni tampoco con la niña que aparece como víctima en la investigación.
Leer más: Menos "institución" y más hogar: la transformación que prepara la Senaf para la niñez