Techo Digno vuelve a los tribunales: la Fiscalía busca dar vuelta la absolución por las 40 viviendas
La causa conocida como Techo Digno volvió a ocupar el centro de la escena judicial. Este martes se realizó en Viedma una audiencia de impugnación de sentencia, luego de que la Fiscalía cuestionara el fallo que absolvió a los imputados vinculados con las presuntas irregularidades en la construcción de 40 viviendas en Sierra Grande.
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El fiscal Juan Pedro Peralta repasó durante la audiencia los relevamientos, certificados y testimonios que, según su postura, demostraron que se pagó por trabajos que no habían sido realizados. La audiencia se desarrolló de manera presencial en la Sala 5, ante el tribunal integrado por los jueces Carlos Mussi, Miguel Ángel Cardella y Adrián Zimmermann. Por el Ministerio Público participaron los fiscales Yanina Estela Passarelli y Juan Pedro Peralta, mientras que las defensas estuvieron a cargo de Juan Carlos Chirinos y Ángel Curzi, por el ex secretario de Obras Públicas, Ernesto Noel, Pedro Vega en defensa del ex secretario de Gobierno Mauro Tamburrini y Daniel Mayor por el ex intendente Renzo Tamburrini.
El planteo de la Fiscalía busca que se revise la sentencia dictada el 18 de junio, mediante la cual el tribunal de juicio absolvió a los acusados. En aquella instancia, los jueces Guillermo Bustamante, Marcelo Chironi y Guillermo González Sacco habían considerado que la acusación no había logrado demostrar, más allá de toda duda razonable, los extremos de la imputación.
Ahora, Peralta volvió sobre buena parte de la prueba producida durante el debate y sostuvo que el fallo realizó un análisis “arbitrario y sesgado” de los elementos incorporados al juicio y afirmó que hay “una desconexión total entre la prueba y la sentencia”.
Uno de los ejes centrales de su exposición fue la diferencia entre el porcentaje de avance de obra que había sido certificado y el estado real de las viviendas.
El 71% certificado y los relevamientos que marcaron otra realidad
Según explicó el fiscal, la causa se concentró en dos acuerdos celebrados entre el municipio de Sierra Grande y organismos nacionales. El primero, identificado como 2156/2014, fue firmado en diciembre de 2014 y estaba vinculado con la construcción de las viviendas. Por ese convenio el municipio recibió la totalidad de los fondos provenientes de Nación.
El segundo acuerdo, identificado como 2174/2015, correspondía a infraestructura. Peralta remarcó que por este segundo convenio no se habían recibido desembolsos, aunque determinados trabajos vinculados con movimiento de suelo fueron pagados con fondos correspondientes al primero.
La cuestión central, sin embargo, estuvo en el avance de las viviendas. “En el marco de este primer acuerdo se certificó un avance que llegaba al 71,03%”, explicó Peralta. Y agregó que los distintos relevamientos realizados posteriormente mostraron que “ese avance era muy distante” del porcentaje certificado y pagado.
La Fiscalía sostuvo durante la audiencia que la diferencia rondaba el 28%, tomando como referencia el avance físico real de las obras. Para Peralta, la importancia de ese dato no está solamente en una diferencia porcentual, sino en que “los certificados fueron la base por la cual se activó el trámite administrativo de pago a la empresa”.
Una medición de la propia empresa dio 46%
Uno de los argumentos que más destacó el fiscal fue que no solamente existieron relevamientos realizados por organismos públicos. Cuando la obra fue rescindida en junio de 2016, se realizaron diferentes mediciones sobre el estado de las viviendas.
Por un lado, hubo un relevamiento efectuado por el municipio, a través de su ingeniero, y otro realizado por profesionales vinculados al Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda (IPPV). Según Peralta, ambos trabajos arrojaron un avance cercano al 34%.
Pero hubo un tercer relevamiento que, para la Fiscalía, resulta particularmente significativo: el realizado por profesionales contratados por la propia empresa. “La empresa contrata a un ingeniero, que es el ingeniero Martín, que vino a declarar. Y hace un relevamiento con Saizar, que es otro arquitecto que trabajaba para la empresa”, relató.
Ese relevamiento arrojó un 46% de avance, muy por debajo del 71,03% que había sido certificado anteriormente. “Recordemos que la empresa había certificado y cobrado un 71%”, remarcó Peralta.
El fiscal también señaló que el profesional contratado por la firma realizó una medición independiente del movimiento de suelos, porque ese ítem había sido incluido y pagado por separado. Y allí apareció uno de los puntos sobre los que la Fiscalía buscó despejar dudas durante la audiencia. Las viviendas fueron construidas sobre un terreno desnivelado. El primer acuerdo contemplaba tareas preliminares relacionadas con la nivelación y preparación del terreno.
Posteriormente, en el segundo convenio de infraestructura, se incorporó otro ítem referido al movimiento de suelos. Peralta explicó que ese trabajo fue certificado y pagado mediante tres certificados, por lo que la Fiscalía decidió no continuar con la acusación relacionada con esos pagos respecto del ex intendente Nelson Iribarren y dos ex secretarios.
Para el fiscal, esto resulta clave porque, según su interpretación, el tribunal utilizó la cuestión del movimiento de suelos para reducir la diferencia entre el avance certificado y el avance real de las viviendas, pese a que ese trabajo había sido medido y pagado por separado.
“Las viviendas no estaban ni remotamente cerca de un 71%”, enfatizó y expuso: “Eran 40 viviendas. Si 40 viviendas están avanzadas a un 71%, yo mínimo tengo que tener 30 viviendas terminadas. O las 40 en un gran avance de terminación”.
Sin embargo, según la Fiscalía, las imágenes y los relevamientos incorporados al expediente fueron elocuentes: “Van a ver que en las fotografías que había viviendas que no tenían ni las paredes levantadas”, afirmó. “La sobrecertificación acá es evidente, pero es evidente y es grosera. Grosera al punto de que se certificaron ítems que no estaban realizados. Esto no es un error de decimales. Acá hablamos de una diferencia grosera”.
A modo de ejemplo, también citó que había un 3,5% de avance en el item de cielorrasos, cuando ninguna de las viviendas contaba con techo. Lo mismo ocurrió con el ítem de pisos: según los papeles había 13 con el piso terminado y en la realidad no había ninguna.
Y agregó el caso de las carpetas: según los porcentajes certificados, deberían haber existido alrededor de 32 viviendas con ese trabajo realizado, mientras que los relevamientos indicaban que ninguna contaba con carpetas terminadas.
“Realmente lo que sentimos es que la desconexión de lo que pasó en el debate y la sentencia es total. Es total”, afirmó Peralta.
El testimonio que la Fiscalía considera determinante
Otro de los puntos que el fiscal adelantó durante su exposición fue el testimonio de un maestro mayor de obras identificado como Franco Bova, quien había trabajado bajo las órdenes de Ernesto Noel.
Según relató Peralta, el trabajador declaró que recibía instrucciones relacionadas con los números que luego aparecían en los certificados. “Me hacían dibujar los números para que coincida con los certificados, me hacían poner revoque donde no había”, recordó el fiscal.
Para la Fiscalía, este testimonio debía ser valorado junto con el resto de la evidencia. Sin embargo, según cuestionó Peralta, el tribunal de juicio consideró que ese relato no alcanzaba para acreditar el dolo necesario para una condena penal.
El fiscal insistió en que la cuestión no podía analizarse de manera aislada, sino en conjunto con los certificados, las fotografías, los relevamientos técnicos y la documentación administrativa.
En el transcurso de esta jornada, los defensores expondrán sus argumentos frente al tribunal, para dejar la sentencia absolutoria en las mismas condiciones.
Una causa que ya tuvo una absolución unánime
El planteo de la Fiscalía se produce después del fallo que puso fin al juicio oral. En aquella oportunidad, el tribunal integrado por Guillermo Bustamante, Marcelo Chironi y Guillermo González Sacco resolvió por unanimidad absolver a los acusados.
El fallo alcanzó a Nelson Iribarren, Claudia Albarracín y Miguel Ángel Mesa, respecto de uno de los hechos, y a Renzo Tamburrini, Mauro Tamburrini y Ernesto Héctor Noel, en relación con el resto de la acusación.
Al explicar la decisión, Chironi había señalado que los acusados debían ser absueltos respecto de la plataforma fáctica principal porque la acusación fiscal no había logrado probar los hechos “más allá de toda duda razonable”.
Ahora, la Fiscalía pretende que esa valoración sea revisada por el tribunal de impugnación. La discusión, por lo tanto, volvió a centrarse en una pregunta clave: qué porcentaje de las 40 viviendas estaba realmente construido cuando se certificó y pagó un avance del 71,03%.
Para el Ministerio Público, los relevamientos y testimonios producidos durante el debate permiten sostener que la diferencia fue demasiado grande como para explicarla como un simple error técnico o administrativo. Para la defensa y el tribunal que dictó la absolución, en cambio, la prueba no alcanzó para superar el estándar necesario para una condena.
Vale aclarar que la empresa constructora implicada, "Construcciones Normalizadas" del empresario Guillermo Luis Gazzia, admitió su culpa y llegó a un acuerdo mediante una suspensión de juicio a prueba. La misma contempla una inversión cercana a los 40 millones de pesos que permitirá la recuperación del techo del cine municipal y un Salón de Usos Múltiples de 600 metros cuadrados, ubicado en el mismo edificio en el que funcionan las oficinas de la Municipalidad.
La decisión que adopte ahora el tribunal integrado por Cardella, Mussi y Zimmermann será el próximo capítulo de una causa que, después de varios años y de un extenso juicio oral, todavía está lejos de tener su última palabra.
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