2026-08-26

Retrocedió para estacionar, no escuchó la bocina y chocó a un auto: deberá pagar los daños

Intervino la justicia ante el siniestro vial ocurrido en pleno centro de la ciudad disponiendo una importante indemnización.

El 19 de febrero de 2024, una conductora de Viedma circulaba por calle Garrone cuando llegó a la intersección con 25 de Mayo y encontró una fila de vehículos detenidos por el semáforo. A esa hora se forman largas colas para atravesar esa arteria doble mano, que tiene onda verde.

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Delante de ella estaba un Volkswagen Virtus conducido por un hombre que sin advertir que detrás había otros automóviles, inició una maniobra de retroceso con intención de estacionar frente a la Residencia de los Gobernadores.

La mujer explicó que, al observar que el vehículo se acercaba hacia su auto, intentó evitar el impacto. Sin embargo, la fila de vehículos que tenía detrás le impedía retroceder. Por eso utilizó la bocina para advertirle al conductor que detuviera la maniobra, aunque el retroceso continuó y el Virtus terminó chocando contra el paragolpes delantero del Polo.

Luego del impacto, cuando el semáforo habilitó la circulación, el conductor continuó su marcha y dobló por calle 25 de Mayo. La mujer lo siguió utilizando la bocina hasta lograr que detuviera el vehículo en la esquina de 25 de Mayo y Alsina. Allí intercambiaron la documentación personal y del rodado.

Antes de iniciar la demanda judicial, la conductora realizó reclamos administrativos ante las compañías de seguros. Presentó una denuncia del siniestro y luego reclamó formalmente ante Providencia Compañía Argentina de Seguros S.A.

La aseguradora recibió el planteo y solicitó documentación complementaria, entre ella información sobre la mecánica del hecho y registros fotográficos. La mujer aportó los elementos que tenía disponibles y, ante la falta de una solución, intimó a la compañía a expedirse y efectuar el pago correspondiente.

Al no obtener una respuesta que resolviera el conflicto, inició una demanda de menor cuantía para reclamar la reparación de los daños. Durante el proceso, el conductor demandado presentó su propia versión del accidente. Sostuvo que circulaba correctamente y que realizó una maniobra de estacionamiento permitida. Según su planteo, el choque se produjo porque la conductora del Polo intentó adelantarse de manera imprudente cuando él todavía no había terminado de estacionar.

Además, argumentó que la responsabilidad debía recaer sobre la mujer porque era quien circulaba detrás y que, en los accidentes de tránsito, quien impacta desde atrás tiene un deber especial de cuidado. También sostuvo que la maniobra de retroceso no estaba prohibida por la normativa vial y que el contacto entre los vehículos había sido de escasa entidad.

¿Qué dijo la justicia?

El Juzgado de Paz de Viedma rechazó recientemente esos argumentos luego de analizar la prueba incorporada al expediente, especialmente la pericia accidentológica. La especialista determinó que el siniestro se produjo por la maniobra en reversa realizada por el Volkswagen Virtus, que retrocedió con intención de estacionar sin advertir que detrás se encontraba detenido el Volkswagen Polo.

La sentencia destacó que, aunque la marcha atrás para estacionar no está prohibida, se trata de una maniobra que exige extremar los recaudos porque no resulta esperable para el resto de los conductores. En este caso, el juez consideró que el retroceso se realizó mientras los vehículos aguardaban la habilitación del semáforo y que la maniobra generó el riesgo que terminó provocando el choque.

El fallo también señaló que la defensa basada en una supuesta imprudencia de la conductora no logró ser acreditada. La pericia técnica no confirmó que el Polo hubiera intentado adelantarse ni que hubiera impedido el estacionamiento del otro vehículo. Por el contrario, la reconstrucción del hecho permitió establecer que el impacto se produjo por el movimiento de retroceso del Virtus.

Con esos elementos, el Juzgado de Paz atribuyó responsabilidad al conductor del vehículo y a su titular registral. Además, extendió la condena a la compañía de seguros en la medida del contrato vigente. Finalmente dispuso una indemnización de unos 770.000 pesos, destinados a atender daños materiales, reintegro de gastos por mediación prejudicial y daño moral.

 

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