2026-08-18

No pagó la cuota alimentaria y la justicia dispuso una medida extrema a un padre deudor

Intervino un juzgado de Familia de Viedma al constatar la falta de pago, pese a las promesas.

La semana pasada se presentó ante la Mesa de Entradas de los juzgados de Familia de esta capital, una demanda en la que una mujer -en defensa de su hijo- inició la ejecución de la liquidación aprobada correspondiente a los alimentos adeudados por parte del padre.

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Comprende al período comprendido desde diciembre de 2023 hasta diciembre de 2024 y por la suma total de 3.686.207,69 de pesos calculados al 24 de junio de 2025. En mayo de este año, el demandado había realizado ante la Unidad Procesal Nº 5, a cargo de la jueza de Familia, Ana Carolina Scoccia, una propuesta de pago parcial y en cuotas. Sin embargo, fue rechazado por la contraparte.

Luego, desde ese juzgado se constató que, habiendo transcurrido el plazo otorgado para su cumplimiento, el demandado no acreditó pago alguno, atento a que la cuenta judicial creada al efecto se encuentra cerrada, conforme surge del sistema del bancario del agente financiero de la provincia de Río Negro.

En base al hallazgo, desde el juzgado se interpretó que “toda vez que la liquidación aprobada es ejecutiva”, conforme a la normativa vigente sobre casos civiles, la magistrada decidió tomar una medida ejemplar, y que resalta la importancia del cumplimiento de las obligaciones alimentarias.

Al hacer lugar al reclamo de la madre llevando adelante la ejecución contra el demandado, ordenó inscribirlo en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la Provincia de Río Negro, consignando el monto de las cuotas adeudadas y los datos personales del deudor (ocupación, domicilio, estado civil - de conocerlo-, y vínculo con el alimentado). A tal fin, envió un oficio al Registro Civil y Capacidad de las Personas de Viedma, a cargo del listado.

Asimismo, dispuso inhabilitar la licencia de conducir y su renovación por incumplimiento de la obligación alimentaria en relación a su hijo. En este marco, remitió una nota a la Agencia de Seguridad Vial de la Provincia de Río Negro y a la Municipalidad de Viedma a cargo de la parte.

No obstante, para garantizar derechos, el hombre tiene cinco días para oponerse a lo dictaminado por el juzgado bajo apercibimiento de pasarse directamente a la etapa de cumplimiento forzado de la sentencia si no se efectúa el depósito ni se deducen excepciones.

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