2026-08-15

Tobilleras a los condenados por la muerte de Mandagaray: cuáles fueron los casos que se tomaron como ejemplo

El abogado Manuel Maza, defensor de Alfredo Nahuelcheo, puso sobre la mesa tres hechos de gran conmoción social que terminaron con un monitoreo mientras avanzaba el proceso.

La discusión por la situación procesal de los tres policías condenados por la muerte de Gabriel Mandagaray sumó un nuevo capítulo este jueves. Mientras la Fiscalía sostuvo que el avance de la causa y la confirmación de las condenas incrementaron el riesgo de fuga, las defensas intentaron demostrar que existen alternativas a la prisión preventiva y que la conducta de los imputados durante todo el proceso también debe ser tenida en cuenta. Finalmente, el tribunal compuesto por Carlos Reussi, Ignacio Gandolfi y Marcelo Álvarez les dio la razón a los letrados defensores y ordenó que se le coloquen tobilleras.

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Cabe recordar que al supervisor del COER Alejandro Gattoni le dieron una pena de cuatro años y diez meses de prisión e inhabilitación especial para el desempeño de funciones policiales por doble tiempo, accesorias legales y costas, y a Alfredo Nahuelcheo y a Maximiliano Vitali Méndez los condenaron a 4 años y 6 meses y 4 años y 3 meses de prisión, sumado al doble de tiempo para ejercer funciones policiales. Sin embargo, resta la evaluación de la Corte Suprema de la Nación y por ende no pueden ir a la cárcel hasta la firmeza de la sentencia.

En ese contexto, el abogado Manuel Maza, defensor del instructor del COER Alfredo Nahuelcheo, cuestionó los argumentos utilizados para pedir el encarcelamiento y recurrió a distintos antecedentes judiciales para respaldar su postura. Entre los ejemplos mencionados durante su exposición aparecieron los casos de Sixto Pazos, Carlos Fabián Luján y Horacio Centanni, tres situaciones que, aunque diferentes entre sí, fueron utilizadas para plantear que la prisión preventiva no necesariamente debe traducirse en un encierro efectivo.

Sixto Pazos: un intento de homicidio y prisión preventiva

Uno de los antecedentes mencionados fue el de Sixto Nicolás Pazos, un hombre de 51 años que fue imputado por intentar matar a su pareja, una mujer de 36 años, en una vivienda de la zona rural de Sierra Grande, en 2021.

El hecho ocurrió alrededor de las 4 de la madrugada del 25 de diciembre, luego de una discusión vinculada con el final de la relación. Según la acusación presentada durante la formulación de cargos, Pazos tomó una carabina calibre 22 que se encontraba sobre un armario e intentó dispararle a su pareja cuando estaba sentada sobre la cama. El disparo no alcanzó a la mujer porque reaccionó rápidamente e interpuso su mano izquierda para cubrirse el rostro. Luego recibió asistencia médica.

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Allí, el letrado Maza recordó: “Es una causa que hemos tenido con el señor fiscal (Guillermo Ortiz), donde sí tuvo una prisión domiciliaria, no tenía más de 70 años, no estaba embarazado porque era un varón, no estaba dando el pecho, no tenía hijos menores, no tenía una enfermedad terminal. Sin embargo, estuvo preso en su casa antes de la condena. Tenía una tentativa de homicidio calificada por violencia de género. Mucho más gravoso que lo que fue esta causa”.

Luján: una condena por homicidio y una medida distinta al encierro

Otro de los ejemplos que apareció durante la exposición fue el de Carlos Fabián Luján, un carnicero condenado a cuatro años y medio de prisión por la muerte de Mariano Francisco, un joven trabajador golondrina. El homicidio ocurrió el 24 de julio de 2022 en San Javier y la Justicia encuadró el hecho como homicidio en estado de emoción violenta.

Para Maza, este antecedente resulta relevante porque, pese a tratarse de una condena por un delito grave, la situación procesal del condenado permitió discutir alternativas a la prisión efectiva mientras avanzaban las distintas instancias judiciales. Allí se demostró que el carnicero tenía arraigo en San Javier porque allí tenía a su esposa y a sus hijos y que no corría riesgo de fuga, idéntica situación a la que los instructores que tienen a todo su seno familiar en la ciudad en la que residen, por caso Nahuelcheo en Viedma.

Centanni: siete años y medio de prisión y monitoreo electrónico

El tercer antecedente fue el de Horacio Centanni, un caso ocurrido en Viedma que tuvo como protagonista a un empleado y bedel de la Universidad Nacional de Río Negro (UNRN). Centanni fue condenado el 20 de septiembre de 2024 a siete años y medio de prisión efectiva por el delito de abuso sexual con acceso carnal contra una compañera de trabajo.

Maza puso este caso como ejemplo de una persona que, pese a contar con una condena de una pena considerable y mientras esperaba la resolución de las instancias superiores, permanece bajo una modalidad de monitoreo electrónico. “Centanni recibió siete años y medio y tenía arraigo en Viedma y tiene colocada una tobillera electrónica en Bahía Blanca mientras espera una sentencia firme. Nahuelcheo tiene una pena prevista de cuatro años y medio”, sostuvo.

El antecedente le permitió reforzar uno de los argumentos centrales de su defensa: que existen herramientas intermedias entre la libertad sin controles y el encarcelamiento, y que una tobillera electrónica puede funcionar como mecanismo para garantizar que una persona permanezca a disposición de la Justicia.  De hecho, durante su exposición, Maza defendió el monitoreo electrónico y cuestionó que ahora se plantee que ese mecanismo resulta insuficiente cuando anteriormente había sido considerado una herramienta válida dentro de este tipo de procesos.

"Capacidad de fuga no es lo mismo que intención de fuga"

Más allá de los tres casos, Maza concentró buena parte de su intervención en cuestionar uno de los principales argumentos de la Fiscalía: el supuesto incremento del riesgo de fuga. El defensor marcó una diferencia que consideró fundamental: tener capacidad para escapar no significa necesariamente tener intención de hacerlo.

En ese sentido, sostuvo que durante los años que lleva el proceso Nahuelcheo permaneció a derecho, cumplió con las obligaciones impuestas y participó de las distintas instancias judiciales. También destacó el arraigo de su defendido, su domicilio, su trabajo y sus vínculos familiares como elementos que, a su criterio, deberían ser ponderados antes de disponer una medida de mayor gravedad.

Maza recordó además que Nahuelcheo lleva aproximadamente tres años conviviendo con una condena que todavía no adquirió firmeza definitiva y que durante ese período se presenta todas las semanas, religiosamente, a firmar que sigue en idénticas condiciones que desde su formulación de cargos.

La situación procesal de los tres policías condenados por la muerte del oficial Gabriel Mandagaray (25 años) volvió a quedar en el centro de la escena. En una audiencia realizada este jueves, la Fiscalía solicitó que Alejandro Gattoni, Alfredo Nahuelcheo y Maximiliano Vitali Méndez sean enviados a prisión preventiva, al considerar que el avance de las condenas modificó sustancialmente el escenario y aumentó el riesgo de fuga.

La querella acompañó el pedido y sostuvo que la prisión preventiva resulta proporcional a las penas impuestas y al momento que atraviesa la causa. Las defensas, en cambio, rechazaron la posibilidad de encarcelamiento y plantearon que los tres permanecieron durante años sometidos a medidas cautelares sin intentar escapar.

Finalmente, el juez Carlos Reussi, integrante del tribunal junto a Marcelo Álvarez e Ignacio Gandolfi, descartó la prisión preventiva, aunque dispuso la colocación de tobilleras para garantizar que los condenados permanezcan a disposición de la Justicia mientras continúa el proceso de revisión. La audiencia se desarrolló de manera presencial en la Sala Anexo de Viedma, con Nahuelcheo presente, Gattoni desde General Roca y Vitali Méndez desde Bariloche. Los padres del joven fallecido, Antonio Mandagaray y Adriana Fabi también asistieron a la sala.

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