2026-08-14

Un accidente en un gimnasio derivó en una condena millonaria

Un juzgado civil de Viedma falló en favor de la víctima quien debe ser resarcida por el inquilino y el propietario del lugar.

Una joven practicaba en agosto de 2021 varias disciplinas en un céntrico gimnasio de esta capital donde se ofrecían actividades de "Buxum" e "Indoor Cycle", sin embargo, el 23 de ese mes la situación de la mujer cambió abruptamente a raíz de un accidente.

Leer más: Ordenan el desalojo de una vivienda tras una disputa entre familiares

Ese día, alrededor de las 10:10 una vez finalizada la clase de "Indoor Cycle" -desarrollada en la planta alta del gimnasio-, procedió a retirarse del establecimiento utilizando la única vía de egreso existente para descender a la planta baja, consistente en una escalera de estructura metálica y escalones de madera.  

Al descender los primeros dos escalones, la escalera se desplomó de manera súbita, provocando su caída vertical desde una altura superior a los dos metros y medio. Como consecuencia del siniestro, debió ser trasladada de urgencia al hospital, donde se le practicaron diversos estudios médicos.

Posteriormente, fue derivada a centro privado de salud donde permaneció internada durante 36 días y fue sometida a diversas intervenciones quirúrgicas. En esas circunstancias, el propietario del gimnasio le contó en una de sus visitas que, durante el fin de semana anterior al hecho, se habían realizado refacciones en la escalera y que las personas encargadas de la obra habrían omitido amurar la parte inferior de la estructura, lo que desencadenó el siniestro relatado más arriba.

Frente a esa situación, un año después se presentó ante el juzgado civil Nº 3 de esta ciudad, a cargo de Leandro Oyola, y en esa oportunidad inició una demanda por “daños y perjuicios” contando los hechos y los perjuicios sufridos. Asimismo, detalló las conclusiones de la pericia médica de parte y los reclamos que efectuó a la aseguradora del gimnasio, citada aquí como tercera en las responsabilidades.

El magistrado comenzó a entender en la extensa causa llegando a la conclusión de que “no caben dudas de que en virtud de la relación de consumo existente entre quien se encuentra en las instalaciones del establecimiento, y abona una cuota mensual por el servicio ofrecido, y quien lo explota comercialmente, se deriva un deber accesorio de seguridad en cabeza del proveedor” que  “configura un factor objetivo de atribución de responsabilidad por los daños que allí se produzcan”. 

En consecuencia, Oyola dio por “acreditado el hecho y preliminarmente el daño sufrido” haciendo lugar a la demanda por “daños y perjuicios” interpuesta por la damnificada condenando al propietario del gimnasio, al dueño del local y a la garantía de una institución bancaria.

Tienen que pagar “Gastos de farmacia, asistencia médica y medicamentos, gastos de traslado y Gastos de rehabilitación / kinesiología” la suma de $ 988.121,61; por “Daño extrapatrimonial -daño moral-” la suma de $ 13.993.000, según la sentencia a la que accedió NoticiasNet. El magistrado dejó para la etapa de ejecución de sentencia la cuantificación del rubro “Incapacidad Sobreviniente” y "Daño psicológico -tratamiento-", más los intereses correspondientes hasta el pago final.

Te puede interesar