Entró en vigencia la prohibición de corte de servicios básicos en Río Negro: cuál es el alcance
La Legislatura de Río Negro transformó en ley la posibilidad de que no se corten los servicios básicos hasta el 31 de diciembre de 2027 en la provincia por falta de pago. Tiene que ver con la luz, gas y agua.
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Este jueves 25 la ley fue publicada en el Boletín Oficial bajo el número 5860. Sin embargo, no es para toda la población, sino para los sectores más vulnerables. Jubilados, pensionados, familias con ingresos por debajo de la canasta básica, personas en situación de vulnerabilidad económica y hogares que tienen a cargo personas con discapacidad, entre otras.
Uno de sus artículos, reza: “A los efectos de la presente ley, la situación de vulnerabilidad social, se puede acreditar por cualquier actuación que expida un organismo competente público comunal, municipal, provincial o nacional que evidencie la situación de vulnerabilidad social”.
A raíz de las dudas que surgieron, se llevó adelante una charla-debate donde, además de distintos actores políticos, también participaron vecinos con inquietudes. También referentes sociales.
La apertura del encuentro estuvo a cargo del presidente del bloque Partido Justicialista - Nuevo Encuentro, Daniel Belloso, y del presidente del bloque Vamos con Todos, José Luis Berros, quienes destacaron la importancia de la nueva normativa y de generar espacios de difusión para que la comunidad conozca sus derechos. La charla reunió a más de 150 personas interesadas en conocer los alcances de la ley, su implementación y las herramientas disponibles para garantizar su cumplimiento efectivo.
La exposición estuvo a cargo de las impulsoras de la iniciativa, la legisladora Magdalena Odarda y la senadora Ana Marks, quienes explicaron los principales puntos de la norma, el alcance de la protección y los mecanismos previstos para acceder al beneficio y reclamar ante posibles incumplimientos.
Explicaron cómo se tramita el beneficio mediante declaración jurada para acreditar la situación social y económica, cómo funcionan los planes de pago y qué pasos seguir en caso de que una empresa niegue el acceso al beneficio o incumpla con la legislación vigente. Remarcaron que una vez presentado eso, la empresa en cuestión tiene 48 horas para restablecer el servicio.
Sobre en qué momento hay que hacer el trámite de la declaración jurada, NoticiasNet consultó con Odarda. La legisladora explicó que se puede hacer antes o una vez que el servicio fue cortado. En ese caso, una vez presentado todo, la empresa tiene dos días para restablecerlo.
Un punto fue justamente para quienes acarren deuda, ya que ese no se va a perdonar, sino que se aplicará un pan de pago que no podrá superar el 20 por ciento de la factura de mayor consumo.
Remarcaron que el acceso a servicios esenciales como la luz, el gas y el agua no puede quedar condicionado por la capacidad económica de las familias, y que el Estado debe garantizar que las empresas prestatarias respeten los derechos de los usuarios y usuarias alcanzados por la norma.
Asimismo, se subrayó que esta ley, que todavía no está homologada, representa una respuesta concreta para jubilados, pensionados, familias con ingresos por debajo de la canasta básica y hogares con personas con discapacidad a cargo.