2025-12-08

Por una difícil situación familiar, un padre pidió la custodia total de su hija

Intervino un juzgado de Familia de Viedma.

En la vida, a menudo aparecen historias que conmueven profundamente. Una de ellas es el relato de un padre quien, ante la adversidad, decidió hacerse cargo de su hija. Es que en su carácter de progenitor promovió formal demanda solicitando el cuidado personal unilateral de una niña contra la progenitora de ésta.

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El devenir cotidiano dio lugar a un giro inesperado. El motivo es que el vínculo se volvió conflictivo con su ex pareja debido al consumo problemático de sustancias por parte de la mujer, circunstancia que originó denuncias de ambas partes.

En la presentación ante el Juzgado de Familia Nº 5, a cargo de Ana Carolina Scoccia, el hombre sostuvo que en los momentos en que la niña permanecía en el domicilio materno, la progenitora la colocaba en situaciones de riesgo, relacionadas con el consumo de sustancias, en tanto la exponía a un ambiente peligroso, conforme precisiones que formuló.

Expuso, además entre profusos argumentos, que la demandada “va y viene” de la casa de la madre a la calle, sin tener domicilio fijo y que la niña convivía con él, y que durante su jornada laboral permanecía bajo el cuidado de su abuela, es decir, la bisabuela de la niña; según el pedido formulado a la magistrada.

Ésta, tomando en cuenta la situación de la niña teniendo como sustento el Código Civil y Comercial de la Nación (CcycN) y un informe del Cuerpo de Investigación Forense (CIF), hizo una profunda evaluación de esta situación considera crucial para la niña de corta edad.

El CIF puso en valor la presencia de indicadores que dan cuenta de que el ejercicio paterno es saludable, entre los que destacó el fuerte vínculo paterno-filial configurado, además de que se destacó la voluntad de la niña de permanecer en su actual centro de vida y su interés en sostener el contacto madre-hija.

En dicho contexto, ese cuerpo disciplinario concluyó que la formalización del cuidado que el actor desarrolla en la práctica garantizará a la niña la continuidad de su crecimiento con pleno acceso a sus derechos consagrados.

En consecuencia, Scoccia en su reciente fallo, hizo lugar a la demanda interpuesta por el padre contra la madre y dispuso el cuidado personal unilateral de la niña a favor del progenitor. No obstante, exhortó al progenitor a que “arbitre los medios necesarios para asegurar a su hija una adecuada comunicación con su progenitora, esto en función de su mejor interés”.

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