2025-06-26

Frenaron las actuaciones por la pelea de gremios estatales sobre las sillas en el Ipross

Congelaron en la justicia los efectos de una resolución que afectó a los municipales.

La Cámara del Trabajo de Viedma hizo lugar a una medida cautelar del Sindicato de Obreros y Empleados Municipales (Soyem) y puso en pausa una decisión oficial, respecto del conflicto que existe por la elección de vocales gremiales en el Instituto Provincial del Seguro de Salud (IPROSS).

En un fallo que podría marcar precedente en materia de participación sindical, la Cámara ordenó suspender los efectos de una resolución de la Secretaría de Trabajo de Río Negro, en respuesta a un planteo de Soyem de esta capital.

El gremio había sido excluido por decisión de la Secretaría de una audiencia clave, para designar a los representantes gremiales ante el Consejo Asesor del Ipross, el organismo que administra la obra social estatal. La resolución 915/2025, ahora suspendida, fue considerada por el sindicato como una vulneración de sus derechos y un exceso por parte del Ejecutivo provincial.

¿Qué se discute?

El conflicto se originó a partir de una audiencia celebrada el pasado 10 de junio, en la que debía avanzarse con la elección de vocales gremiales para el Consejo Asesor del Ipross. Sin embargo, una serie de impugnaciones realizadas por otros gremios —Sitsa, Apel y Upcn— objetaron la participación de Soyem, argumentando que no representa a todos los empleados municipales de la provincia.

La Secretaría de Trabajo dio lugar a esa objeción, anuló la audiencia y convocó una nueva para el 25 de junio, excluyendo al gremio viedmense. Ante esto, el sindicato presentó un recurso jerárquico con pedido de efecto suspensivo y, en paralelo, una medida autosatisfactiva para frenar la resolución.

El fallo: contundente y preventivo

Si bien el Tribunal reconoció no tener competencia material para resolver la cuestión de fondo, por tratarse de una disputa que debe tramitarse en el fuero contencioso administrativo, resolvió hacer lugar a la medida cautelar debido a la urgencia y el riesgo de que el gremio quede sin representación en una decisión irreversible.

En su resolución, la Cámara sostuvo que el artículo 48 de la Ley 2753 —que regula el funcionamiento del Ipross— no exige como condición excluyente que un gremio represente a todos los empleados municipales para participar del Consejo Asesor, como argumentaron las entidades impugnantes.

Además, apuntó que Soyem no fue debidamente notificado ni escuchado antes de ser apartado, lo que vulnera el derecho constitucional a la defensa. También señaló que la inminencia de la audiencia del 25 de junio y las consecuencias que acarrearía dejar sin efecto la medida tornaban necesario intervenir de inmediato.

En términos prácticos, la Justicia congeló los efectos de la Resolución 915/2025, lo que implica que el gremio viedmense no puede ser excluido por ahora de la instancia de elección de representantes gremiales ante el Ipross. 

Al mismo tiempo, el Tribunal declaró su incompetencia y giró el expediente al Superior Tribunal de Justicia, que deberá definir cuál es el fuero que debe intervenir en la cuestión de fondo. Mientras tanto, queda suspendida la resolución administrativa.

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