2025-06-24

Una mujer sufrió un choque y será indemnizada: los detalles del caso y cuánto le corresponde

Desde el accidente a esta parte se dieron situaciones que hicieron todo más engorroso: un seguro vencido y diferencias en los relatos sobre el choque.

Un accidente de tránsito ocurrido en diciembre de 2022 terminó en la Justicia. El caso fue tomado por juez Leandro Javier Oyola, de la Unidad Jurisdiccional Civil N°3 de Viedma, que resolvió hacer lugar a la demanda por daños y perjuicios, y condenar a quien cometió el siniestro y a la aseguradora.

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En cuanto al hecho, ocurrido el 5 de diciembre de 2022, una mujer iba conduciendo por boulevard Sussini cruzó Guido en verde, y fue chocada por otro conductor que tenía luz roja y no la respetó. Si bien no hubo personas heridas, los daños en el auto chocado fueron de consideración.

Allí comenzó el caos para la persona afectada, ya que la aseguradora de quien ocasionó el choque indicó falta de cobertura por deuda. Supuestamente, el día del choque ya estaba suspendida la cobertura. Además, denunciaron una contradicción en el relato de los dos involucrados (su cliente dijo que él cruzó en verde).

Casi un año después (octubre de 2023), y sin novedades, la denunciante pidió que se lo declare en rebeldía a quien produjo el accidente, y fue decretada. En febrero de 2024 se dio otro paso, inhibiendo los bienes del demandado.

Finalmente, en abril de 2025 se llamó a las partes para la sentencia. También se involucró a la aseguradora, ya que se tuvo en cuenta que no había notificado a su cliente de la falta de pago y falta de cobertura.

Ahora, el juez hacer lugar y condenar al denunciado y a la aseguradora a abonar 900.000 pesos de indemnización en un plazo de 10 días. Por otro lado, también deberán regularizar los honorarios de los abogados que intervinieron en el caso.

Aún resta definirse un punto, es la de la cuantificación del rubro Daños Materiales. Para la etapa de ejecución de sentencia se devengarán intereses sin solución de continuidad, más allá del plazo otorgado para abonarlas, hasta su efectivo pago conforme a calculadora oficial del Poder Judicial o la que el STJ en lo sucesivo fije.

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