2025-06-11

Defensa del consumidor: tendrán que cambiar un equipo fallado a una clienta de Viedma

La resolución intimó a la cadena a retirar el artefacto en un plazo de cinco días.

La Unidad Jurisdiccional Civil N° 1 de Viedma emitió una sentencia interlocutoria que obliga a una casa de electrodomésticos a asumir los costos y la tarea de desinstalar un equipo de aire acondicionado defectuoso en el domicilio de una clienta. El fallo se dio en el marco de una demanda por daños y perjuicios iniciada por una compradora.

Leer más: La Justicia de Viedma falló con cifra millonaria en favor de dos trabajadores de la sanidad

La disputa surgió cuando la firma comercial solicitó que se dejara constancia de que no estaba obligada a realizar la desinstalación del artefacto, argumentando que no había sido la responsable de la instalación inicial y que dicha obligación no le resultaba exigible ni contractual ni legalmente.

Sin embargo, la parte actora, la mujer, rechazó esta pretensión, alegando que trasladar la carga de la desinstalación implicaría una "doble victimización", además de contrariar principios de justicia, equidad y vulnerar el beneficio de gratuidad que le había sido reconocido en el caso.

Tras analizar las constancias del expediente, la jueza Julieta Noel Díaz determinó que la sentencia original ya había ordenado expresamente el reemplazo del equipo de aire acondicionado. La magistrada enfatizó que el retiro del equipo es una "consecuencia directa del cumplimiento tardío e insatisfactorio de la obligación contractual" por parte de la demandada.

Además, el fallo que reconoce el derecho del consumidor a optar por la sustitución del bien sin cargas adicionales que dificulten o frustren el resarcimiento. La jueza argumentó que imponer a la consumidora una carga económica derivada de un incumplimiento ajeno contravendría los principios de reparación integral, trato digno y pro-consumidor.

En consecuencia, la resolución judicial rechazó el planteo de la casa de electrodomésticos y la intimó a proceder al retiro del equipo del domicilio de la actora en un plazo de cinco días desde la notificación, bajo apercibimiento de tener por desistido dicho reemplazo en caso de incumplimiento.

Te puede interesar