2025-05-06

La Justicia ordenó una cautelar para evitar movimientos de suelo en zonas contaminadas de San Antonio

Esta medida provisoria está acompañada por un pedido de informe a la comuna, para tomar una decisión definitiva. Concejales también solicitaron aclaraciones.

El juez del Superior Tribunal de Justicia, Ricardo Apcarián, dictó una medida preventiva para que la Municipalidad de San Antonio Oeste “se abstenga de efectuar todo tipo de trabajo de movimiento, extracción y/o traslado de tierra de las zonas contaminadas con plomo y otros metales pesados, como también de desparramar los montículos de tierra trasladados y depositados en la zona urbana de SAO”. La presentación la efectuó el Defensor General.

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Esa medida provisoria está acompañada por un pedido de informe a la comuna, para tomar una decisión definitiva. El fallo fue publicado el viernes. La municipalidad de San Antonio contestó hoy lunes, dentro del plazo de 24 horas hábiles impuesto por el juez. Remitió un estudio de 9 páginas, con datos técnicos y fotografías, que fue derivado al Defensor General.

Oportunamente, la Multisectorial de SAO expuso que la Municipalidad de dicha ciudad habría iniciado tareas de extracción de suelos de la cantera en el sector de La Estanciera y trasladado dicho material a la zona urbana.

En estos momentos está en vigencia una cautelar que prohibe los movimientos de suelo. Ante esta presentación, el juez tomó esta decisión preventiva para evitar cualquier daño, mientras llegaban los informes municipales.

“En el ámbito de las demandas encuadradas en las prescripciones de la Ley General del Ambiente, la Corte Suprema de Justicia de la Nación puntualizó que deben evaluarse las consideraciones referidas al principio de prevención y al principio precautorio del daño ambiental, ante la posible creación de un riesgo con efectos desconocidos y por tanto imprevisibles”, dice el fallo.

Pedido de concejales 

Concejales del bloque Compromiso Ciudadano, Alejandro Araño y Jovita González, enviaron una nota para pedir más detalles sobre este tema al intendente Adrián Casadei, al presidente del cuerpo deliberativo Daniel López y a autoridades de Ambiente locales. 

En este marco, y en cumplimiento del deber de control que les compete, los concejales solicitan que en el plazo de cinco días hábiles se remita la siguiente documentación e información:

1. Copia de toda autorización, permiso, resolución o acto administrativo municipal o provincial que habilite: la extracción de áridos de dicha cantera; su utilización en obras públicas locales o provinciales; el transporte y disposición final del material.

2. Informes técnicos, actas de inspección y controles realizados en el sector desde el año 2023 a la fecha.

3. Identificación de los responsables técnicos y funcionarios intervinientes en la autorización, supervisión y ejecución de dichas tareas.

4. Detalle del Plan de Consolidación de calles, en el que se enmarca el uso del material citado, donde se especifique el cálculo de mts3 a emplear, manejo y transporte del mismo, sean por servicio tercerizado (fundamente) o, recurso humano y maquinarias propias, (referencie el uso del maquinarias y automotores municipales según está normado); costo estimado y partidas afectadas.

5. Respecto al item 4., detalle los responsables administrativos, técnicos y funcionarios que intervengan en toda la ejecución del mismo, con las responsabilidades de cada uno.

6. Remita copia del cuadro con que se argumentaran las coordenadas y las mediciones correspondientes que, según el funcionario en la conferencia de prensa, demuestran la remediación del sector de la cantera.

7. Estime el cargo extra por los análisis y tratamiento correspondientede los sólidos expuestos en la via pública, fundamente el gasto incrementado, partidas afectadas, y responsabilidades del caso.

8. En caso de que se definiera un responsable o varios, ¿qué medidas internas se tomarán al respecto?

9. Por último, existiendo una situación denunciada de violencia por parte de un empleado municipal hacia un concejal en el ejercicio de sus funciones, detalle: identificación, situación laboral / relación de dependencia, cargo y funciones, responsable jerárquico directo. Exposiciones, denuncias y medidas sancionatorias, si las hubiera.

Finalmente, los concejales solicitan que, en caso de inexistencia de documentación, se exprese formalmente esta circunstancia. Ante el hecho ejecutado, además de las explicaciones urgentes sobre el tema, formalmente exigen la suspensión inmediata de la actividad en cuestión, y se tomen medidas reparadoras, reiterando la solicitud hecha en su momento. 

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