2024-12-08

Cómo impactan las drogas en la capacidad de las personas desde la mirada judicial

La jueza Paula Fredes de Viedma llegó a la conclusión de que un muchacho no era capaz de entender las repercusiones por la ingesta lo que llevó a la restricción de su capacidad. No puede manejar y tampoco dar clases en Río Negro. Sí en Patagones, por lo tanto avisaron a las autoridades maragatas. La reciente sentencia será revisada en tres años.

El consumo de drogas es un fenómeno que afecta a millones de personas en todo el mundo. A menudo se asocia con consecuencias físicas y psicológicas devastadoras pero un aspecto igualmente importante es su incidencia en el raciocinio al momento de que las víctimas de este flagelo puedan tomar decisiones informadas y responsables.

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Frente a esta situación, un Juzgado de Viedma tuvo que evaluar el caso de un muchacho –en un expediente por “Proceso de Capacidad”-, quien  admitió un desconocimiento de las consecuencias de la ingesta. La capacidad de decisión se refiere a la habilidad de una persona para comprender los efectos de sus actos y actuar posteriormente. Todo comenzó para la evaluación de la jueza de Familia, Paula Fredes, a partir de los antecedentes recibidos en su despacho.

El 16 de agosto de 2022 se agregó un  sobreseimiento  por lesiones leves agravadas por no comprender la criminalidad de sus actos ordenando la inmediata intervención del fuero de familia. En sus evaluaciones, con apoyo de diversos organismos, la magistrada observó que de los datos se detectaron “celos” (un trastorno delirante irreversible y multifactorial que hace pensar al paciente que su pareja es infiel y afecta más a hombres, secundario al consumo abusivo de alcohol y cocaína).

Resumiendo indica en su resolución que “estos cuadros, pueden llegar a ser la motivación para reacciones violentas hacia la persona a la que se cela, ya que provocan una movilización pasional intensa y peligrosa. De allí la importancia de sostener el tratamiento psiquiátrico para su ideación delirante y la total abstinencia al consumo de todo tipo de sustancias psicoactivas” y que “no hay conciencia de la enfermedad mental que se padece por lo cual, no puede esperarse su total adherencia al tratamiento por voluntad propia”.

Advierte que “por su falta de conciencia de enfermedad, no tiene aptitud psíquica para decidir y responsabilizarse por su tratamiento psiquiátrico en Salud mental. Requiere de acompañamiento para la administración de sus ingresos para evitar que realice un mal uso de los mismos, utilizándolo en el consumo de sustancias psicoactivas que deterioren aún más su salud psíquica”.

La jueza mantuvo un contacto con esta persona y sus conflictos. Pudo relatar su problema de adicción que hace unos años atrás desencadenó en un hecho de violencia (lesiones con arma blanca) contra su pareja y madre de sus hijos. Este hombre quedó inhabilitado para ejercer su título. Sin embargo, pudo continuar trabajando en Patagones, donde tomó algunas horas.

“El señor no tiene conciencia de enfermedad y aunque le repetí que su diagnóstico refiere a una patología psiquiátrica que requiere tratamiento continuo y abstinencia completa del consumo de sustancias psicoactivas, minimiza esta cuestión y no puede darle la importancia que el tema requiere. Tampoco puede entender la potencialidad dañosa para los miembros de su familia (ex pareja e hijos) que su patología sumada al consumo puede traer aparejada, aún a pesar de que fue sobreseído penalmente en un hecho grave por no comprender la criminalidad de sus actos”, señala en sus conclusiones.

Buscando soluciones y apoyo

Por lo tanto, Fredes restringió su capacidad, designó a sus padres como figuras de apoyo para garantizar el acompañamiento y asistencia en aquellos actos especialmente en el cuidado de su salud mental (toma de decisiones al respecto y cumplimiento del tratamiento psiquiátrico/psicoterapéutico indicado), y dispuso informar al Consejo Escolar de Patagones. En este punto, esta institución deberá requerir cada seis meses la acreditación de tratamiento psiquiátrico y psicológico.

Por otra parte, sostuvo que debe informarse a la Agencia de Seguridad Vial de Río Negro que no puede manejar  vehículos por lo cual no podrá renovar su carnet de conducir, ni aunque apruebe las instancias administrativas del otorgamiento de la licencia, y que la sentencia será revisada en tres años.

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