VIEDMA
Rechazaron un Hábeas Corpus presentado por un interno del Penal 1
El Juzgado de Ejecución Penal N° 8 de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en Viedma, a cargo de Shirley González, emitió un fallo recientemente vinculado a la presentación de un recurso de Hábeas Corpus efectuada por un interno actualmente alojado en el Complejo Penal 1. El reclamo estuvo relacionado con la situación irregular que supuestamente atravesaba en ese sitio de detención.
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El interno se había dirigido a la magistrada manifestando que no se está respetando el régimen de progresividad, que no se encuentra alojado en el pabellón de autodisciplina y que el área psicológica no le brinda la medicación correspondiente, sin embargo, desde las autoridades del complejo se dio otra versión de los episodios que lo involucran.
En principio, se indicó que el interno se encuentra alojado en el sector denominado de “pre ingreso” desde el 10 de octubre pasado en virtud de que el sujeto, según lo observado por los guardias, “ ha presentado dificultades con otros internos en sus anteriores alojamientos” donde purgó penas.
Revelaron además, que se han realizado varios intentos de reubicar al detenido en diferentes pabellones, sin embargo la población lo ha rechazado, debido a que el interno ha demostrado un patrón de comportamiento problemático, lo que ha dificultado su integración con otros internos, por lo tanto adjuntaron un acta de comparendo y hacen saber que en la actualidad no hay cupo.
Asimismo, González recibió una informe desde el complejo Penal N° 5 de General Roca donde estaba alojado anteriormente, e integrantes del Gabinete Técnico Criminológico señaló que el Área Psicológica no es la encargada de suministrar ni indicar tratamiento farmacológico de ningún tipo, de acuerdo a lo plasmado en el fallo publicado en el sitio web del Poder Judicial de Río Negro.
Por lo tanto, la magistrada evaluó que los motivos explicitados no son causal para la habilitación de la excepcional vía intentada, toda vez que se alude a circunstancias propias de la ejecución de pena, y no a cuestiones que impliquen agravamiento de las condiciones de detención, siendo la actuación de las autoridades del Servicio Penitenciario Provincial (SPP) “ razonables, justificadas y ajustadas a derecho”. En consecuencia decidió desestimar la medida cautelar.
El Hábeas Corpus es un procedimiento que protege una libertad cuando es amenazada de forma ilegal por una autoridad o si alguien está en una cárcel y se agravan las condiciones de encierro. Está regulado por la Ley 23.098.