VIEDMA
Condenado por abuso sexual: se le fue el psicólogo, no avisó y la justicia lo retó
Un condenado por abuso sexual con prisión en suspenso tras un juicio abreviado, fue convocado hoy por el Juzgado de Ejecución Penal N° 8 de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo de Shirley González, para reprenderlo como consecuencia de que no está haciendo los deberes que se comprometió a cumplir pese a estar libre.
Lee también: https://www.noticiasnet.com.ar/noticias/2024/10/22/165750-con-apenas-19-anos-robo-y-estara-preso-por-casi-siete-anos
La audiencia se concretó con la participación de Yanina Estela, en representación del Ministerio Público Fiscal (MPF) y el sujeto en compañía de su abogado particular Ezequiel Castro. El llamado a esta persona que fue sometida a un juicio rápido en 2022 está vinculada a que dentro de las faltas cometidas era que debía tener tratamiento psicológico. Sin embargo, trascendió de fuentes judiciales que dejó de hacerlo con motivo de que su terapeuta dejó la ciudad y omitió poner en conocimiento de la situación a las autoridades judiciales.
En consecuencia, se acordó una serie de medidas a pedido del MPF. Por caso, se intimó al condenado para que dé estricto cumplimiento a las pautas de conducta impuestas mediante sentencia dictada por el Foro de Jueces de la Circunscripción Judicial de Río Negro que establecen realizar un tratamiento vinculado al delito por el cual se los acusó por el plazo de tres años o hasta obtener el alta médica.
Tras la audiencia, la magistrada extendió el plazo de cumplimiento de las pautas de conducta impuestas hasta el día 15 de enero de 2026, a fin de que continúe realizando el tratamiento psicológico ordenado en autos, bajo apercibimiento de extender el plazo de cumplimiento de pautas de conducta, nuevamente, y/o revocar la condicionalidad de la condena impuesta.
En la práctica, de aquí en adelante, este individuo deberá presentarse dentro del plazo de 72 horas ante el Hospital Zatti y/o ante profesional particular a fin de continuar realizando el tratamiento psicológico ordenado, a la vez que se le informó desde de la Justicia que deberá mantener buena predisposición al momento de la entrevista con el profesional interviniente, que posibilite un análisis y emisión fundada por su parte, no siendo suficiente que establezca que no hay criterio de tratamiento por falta de demanda del paciente.
Por otra parte, dentro de los trámites a seguir, este muchacho deberá acreditar la asistencia al tratamiento psicológico presentando la totalidad de las constancias ante el Instituto de Asistencia a Presos y Liberados (IAPL) para su elevación ante el Juzgado, y que tendrá que continuar cumpliendo con la totalidad de las pautas de conducta impuestas mediante sentencia y que todo inconveniente con el cumplimiento debe ser informado a través de su Defensa y/o del IAPL a fin de analizar las medidas a adoptar.