VIEDMA
Ordenan la detención de un sujeto condenado por violencia de género
El Juzgado de Ejecución Penal N° 8, a cargo de Shirley González, hizo lugar al pedido efectuado por el Ministerio Público Fiscal y, en consecuencia, revocó la condicionalidad de la pena de seis meses de prisión en suspenso impuesta a un individuo de esta ciudad que había sido acordada el 5 de diciembre del año pasado por lesiones y amenazas hacia su pareja.
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González adoptó esta decisión tras una audiencia concretada días atrás en los tribunales capitalinos con la presencia del condenado, la defensa oficial a cargo de Belén Blanchet y Francisco Marano en representación del MPF para debatir la situación tomando en cuenta que se trataba de una pena de ejecución condicional.
Durante el debate quedó claro que esta persona, según el fallo al que tuvo acceso NoticiasNet, tuvo incumplimientos “persistentes y reiterados a las pautas de conducta” que consisten en prohibición de ejercer actos violentos en contra de la víctima, ni de realizar por sí o por terceros actos molestos o perturbadores que la afecten, prohibición de acercamiento a menos de 300 metros de la nombrada, realizar un tratamiento psicológico en el área de salud mental del Hospital Zatti de ésta ciudad.
Tampoco respetó el Protocolo de la Unidad de Arresto Domiciliario por Monitoreo Electrónico (UADME) y demás circunstancias que acreditó la Fiscalía, los llamados de atención e intimaciones efectuados por este Juzgado, en junio, julio y agosto pasados, la declaración de rebeldía dispuesta oportunamente en las presentes actuaciones, entre otros cuetionamientos.
Ante esa realidad, la magistrada optó que el condenado cumpla la pena de seis meses de prisión efectiva permaneciendo alojado en el Complejo Penal N° 1 de Viedma en el marco de la pena efectiva dispuesta en la audiencia, a la vez que requirió a las autoridades del centro de detención que junto con el Gabinete Técnico Criminológico aborden la temática de violencia de género dentro del Programa de Tratamiento individual.
También solicitó que hagan gestiones necesarias con el área de Salud Mental del nosocomio capitalino a fin de que el condenado sea evaluado por profesionales de ese sector con el propósito de determinar si corresponde que el condenado realice un tratamiento para el abordaje del consumo problemático de sustancias.
En forma paralela, se mantuvo la prohibición absoluta de acercamiento y de tomar contacto de manera directa y/o ejercer actos molestos por sí o por terceros y/o por cualquier medio (telefónico o redes sociales) con la víctima, quien -por otra parte- no podrá ingresar al establecimiento penal en calidad de visitante.