2024-06-18

VIEDMA-OBLIGACIÓN DE MANTENER LIMPIA LA CIUDAD

Muchos remolones en adecuarse a la normativa de colocar canastos de basura

Están enviando intimaciones a frentistas de diversos barrios.

El municipio de Viedma emitió intimaciones a frentistas de un vasto sector de la ciudad, incluyendo a comerciantes, a ajustarse a la Ordenanza N° 8.527/2021, de disposición inicial de residuos sólidos urbanos. Las notificaciones están vinculadas a la falta de colocación de canastos de basura.

Los últimos envíos de las comunicaciones se hicieron en la zona comercial de calle Moreno, incluyendo las 1.016 Viviendas, y los barrios Sargento Cabral, San Martín y Don Bosco, según pudo saber NoticiasNet luego de un pequeño incidente vinculado a la calle Moreno de acumulación de basura durante los fines de semana donde los sábados no pasa el camión recolector de residuos.

“Los frentistas tienen 30 días corridos para colocar el canasto”, sostuvo a este medio el secretario de Servicios, Espacios Públicos y Ambiente del Gobierno de Viedma, Gastón Gutiérrez, a la vez que admitió que desde la vigencia de la Ordenanza y su decreto reglamentario fueron pocas las multas a los incumplimientos que se fijan en base a la Unidad de Sanción Municipal.

No obstante, el funcionario resaltó que desde la aplicación de la medida de saneamiento ambiental se duplicó a la colocación de canastos, incluyendo el refuerzo que se concretó con la distribución de 300 canastos fabricados por internos del Penal N° 1 de Viedma, sobre familias que viven en situación de vulnerabilidad social.

La mencionada Ordenanza tiene por objetivo la necesidad de establecer una “clara y eficiente” disposición final de los residuos para conseguir una mayor eficacia del servicio de recolección domiciliaria de residuos y una mejor protección ambiental evitando la dispersión, focos infecciosos y la obstrucción de desagües pluviales.

El articulado original indica que los residuos dentro de los recipientes deben permanecer en la vía pública dentro de las franjas horarias autorizadas de acuerdo al horario fijado para la recolección, los cestos deben tener una altura de 1,50 metros, mientras que aquellos instalados desde antes de la vigencia de la norma deben tener tapa.

Por otra parte, el decreto reglamentario N° 663/2021 estipula en su inciso “f” que los residuos generados del barrido y limpieza de locales “deben ser depositados con el resto de los residuos”.

 

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