2024-06-11

VIEDMA

Tirón de orejas para un interno del Penal N° 1 y no amplían sus salidas transitorias

La jueza prohibió que salga a la vereda cuando esté en el domicilio autorizado.

El Juzgado de Ejecución Penal N° 8 de esta capital rechazó extender el horario de las salidas transitorias  de un  interno del Penal N° 1 de esta capital al poner sobre la balanza un informe desfavorable del complejo carcelario y también un dictamen  también  desfavorable  del Ministerio Público Fiscal.

La jueza Shirley González tuvo en cuenta además lo informado por el Gabinete  Técnico Criminológico  en relación  a que el interno debe  continuar trabajando  los factores  asociados  al artículo 58 del decreto 1634 y demás argumentos expuestos en el  marco de la presente audiencia.

Este punto, señala en forma particular, que el interno tiene derecho a recibir asistencia espiritual mediante la visita de miembros de la Iglesia Católica Apostólica Romana, si esta fuere su religión, o de representantes del credo que profese, reconocido e inscripto en el Registro Nacional de Cultos. Ninguna sanción disciplinaria podrá suspender el ejercicio de este derecho.

En cambio, la resolución judicial de González aceptó designar a la pareja del interno,  como  segunda referente del beneficio de salidas transitorias concedidas en el  marco de la presente causa, e hizo lugar a un cambio de domicilio propuesto para el usufructo de las  salidas transitorias debiendo permanecer en forma permanente y continúa, bajo apercibimiento de suspender o revocar el beneficio. La medida le prohíbe además permanecer en la vereda del domicilio.

A su vez, recomendó al interno que continúe trabajando en el marco del tratamiento penitenciario que realiza, los factores asociados al artículo 58 del Decreto 1.634, según el informe del Consejo Correccional, recordando que se mantienen    las pautas de conducta  y condiciones  que no se hayan modificado.

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