El abogado de la familia Mandagaray: “Hemos estudiado si había algún tipo de responsabilidad del jefe de la Policía y claramente no”
En esta semana hubo avances en cuanto en los dos juicios por la muerte de Gabriel Mandagaray, ocurrida el 15 de abril de 2021 en pleno curso COER en Bahía Creek, un lugar distante que no estaba contemplado en la Resolución 2748 que englobaba la capacitación.
El primer procedimiento condenó al jefe del cuerpo de elite Alejandro Gattoni a 4 años y 10 meses de prisión, y a los instructores Alfredo Nahuelcheo a 4 años y seis meses; y Maximiliano Vitali y Marcelo Contreras, a 4 años y tres meses.
Mientras que en estos días se desarrolló el juzgamiento contra los jefes departamentales de Capacitación y Perfeccionamiento, Carlos Grasso y Oscar Szymansky, quienes no controlaron debidamente las instrucciones en el lugar.
El abogado de la familia Mandagaray, Damián Torres dialogó con Radio Noticias y explicó: "La falta de control permitió que no se llevara a cabo en un lugar que no era el permitido, que se llevaran prácticas contrarias a la dignidad humana y actividades en el agua que terminaron con la muerte de Gabriel".
En ese segundo juicio, el letrado planteó: "Hicimos un análisis del Decreto que establece las funciones de Capacitación y de Perfeccionamiento, que entre ellas está la de controlar y se analizó mucho hasta dónde llega esa obligación de controlar. La semana que viene el juez (Marcelo Chironi) tendrá que dictar sentencia si hubo responsabilidad de ellos de controlar o no o si era responsabilidad de otros".
En torno a la condena de los instructores, expuso que hubo una nueva instancia en el Tribunal de Impugnación y también se tendrá que dictar una sentencia dentro de los próximos 20 días hábiles.
Seguidamente, Torres dijo: "Este es un caso que tiene un mensaje de fondo, porque falleció un chico hijo de altos funcionarios de la propia Policía, que se crio dentro de la institución policial y perdió la vida en manos de personas que lo tenían que capacitar. Estoy convencido de que la sentencia está bien y es un mensaje para que ciertas prácticas cambien dentro de la institución y que la memoria de Gabriel Mandagaray no quede en vano".
"La propia institución que tiene que capacitar para poder resguardar a la sociedad no pudo resguardar a su propio integrante, o como lo llaman ellos a su propio camarada", sostuvo.
Respecto a la progresión del segundo juicio, Torres planteó: "Dentro de la Policía que es verticalista siempre alguien de arriba controla a los de abajo, por eso en el lugar de los hechos Gattoni era el coordinador y tenía que controlar u ordenar lo que hacían los instructores y por eso era su responsabilidad. Después de arriba hacia abajo también hay un control en la Policía y alguien tenía que controlar y ver que las cosas se lleven conforme fueron aprobadas, porque este curso había sido aprobado de una manera por el jefe de la Policía y después de esta aprobación estaba la gente que tenía que controlar, que es justamente la gente de Capacitación".
En alusión a Grasso y Szymansky, remarcó: "Ellos han querido tirar la responsabilidad hacia abajo con Gattoni, hacia arriba con sus jefes y hacia los costados e incluso hacia el propio padre Antonio Mandagaray porque era el jefe de la Regional. Pero nosotros sostuvimos durante todo el juicio que se tienen que hacer cargo. Deberían hacerse cargo de las cosas que tenían que hacer, que era controlar que el curso se lleve como corresponde, porque justamente era un curso para capacitar al personal y que esté a la altura de las circunstancias".
"¿Qué se van a capacitar los jóvenes generándoles bronca de las prácticas humillantes que les hicieron? ¿Qué podemos esperar de un policía que lo capacitan de esa manera? Después podemos esperar que vayan a una comisaría y que hagan lo mismo que les hicieron a ellos. No se controló y por ello son responsables, más allá de los intentos de la defensa de echarle la responsabilidad para todos lados", puntualizó.
Las penas solicitadas por la querella contra Grasso y Szymansky son por incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos, contemplado en el Artículo 249, la cual no estipula prisión efectiva sino una multa y una inhabilitación de por vida para ejercer un cargo público, con lo cual quedarían exonerados de la Policía. No es lo mismo lo que corresponde para los instructores, que son juzgados por un homicidio culposo y les cabe la cárcel.
Consultado sobre si Osvaldo Tellería podría tener una condena al respecto, Torres aclaró: "Hemos estudiado si había algún tipo de responsabilidad del jefe de la Policía y del subjefe (Orlando Cañuqueo) y claramente no, porque la normativa específica establece que una vez aprobado el curso el control es por parte de estas personas, que son el director de Capacitación y el jefe del Departamento. No se puede llegar a otra instancia, porque la normativa es muy específica de quién tiene el control, hemos llegado hasta dónde nos ha dado la norma, si la norma ponía en cabeza de otros la responsabilidad de controlar lo hubiésemos enjuiciado sin dudas".