2023-08-14

VIEDMA

Cómo se paga el nuevo feriado nacional que se viene y se junta con el "finde"

Los feriados nacionales están regulados por la ley 20.744 de Contrato de Trabajo y son obligatorios para todos los trabajadores del sector privado. Durante estos días, rigen las mismas normas que para el descanso dominical, es decir, el trabajo se considera una excepción y el empleado no está obligado a trabajar.

Los empleados que trabajen en un feriado nacional tienen derecho a percibir un salario diferencial, que generalmente se establece en un 100% más respecto al salario habitual. Es decir, se les paga el doble de lo que ganarían en un día de trabajo normal.

Por otro lado, los días no laborables son optativos para el empleador, a excepción de los sectores bancarios, de seguros y actividades afines, que deben acatar la reglamentación correspondiente. En estos días, los empleados que decidan trabajar recibirán su salario habitual, es decir, el salario simple. En caso de que el empleador decida declarar el día como no laborable, el trabajador igualmente recibirá su jornal completo, sin descuentos.

El feriado que se avecina es por el 17 de agosto, fecha del paso a la inmortalidad de General José de San Martín. Como cae el jueves, la decisión del gobierno nacional fue trasladar el día no laborable al siguiente lunes, tal como se estableció desde comienzo de año en el calendario de feriados oficial. Luego habrá que esperar a octubre ya que septiembre no lo tiene.

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