PATAGONES
Policía Comunal informó las prohibiciones y sanciones en la veda electoral
La Jefatura de Policía de Seguridad Comunal de Patagones informó a los vecinos residentes en el distrito que con motivo de llevarse a cabo este domingo 13 de agosto las “elecciones Primarias, Abiertas, Simultaneas y obligatorias PASO 2023, el viernes 11 a partir de las 8 horas dará inicio la respectiva veda electoral.
Por esta razón, se informó que quedan prohibidas “admitir reuniones de electores o depósito de armas durante las horas de la elección a toda persona que en los centros urbanos habite una casa situada dentro de un radio de ochenta metros (80 m) alrededor de la mesa receptora. Si la finca fuese tomada a viva fuerza deberá darse aviso inmediato a la autoridad policial”.
En caso de violar la prohibición, la sanción será “de prisión de quince días a seis meses si admitieren reunión de electores. De prisión de tres meses a dos años si tuvieran armas en depósito”.
También quedan prohibidos “los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasadas tres horas de ser clausurado”.
Por no acatamiento de la norma “se impondrá prisión de quince días a seis meses al empresario u organizador de espectáculos públicos o actos deportivos”.
Asimismo, se informó que quedan prohibido “tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas hasta transcurridas tres horas del cierre del comicio”.
Por expendio de bebidas alcohólicas se impondrá prisión de quince días a seis meses, a las personas que lo hagan desde doce horas antes y hasta tres horas después de finalizado el acto eleccionario.
Por otra parte, se prohíbe “ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino”.
A los electores, se les prohíbe “la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizada”.
También se prohíbe realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde cuarenta y ocho horas antes de la iniciación del comicio y hasta el cierre del mismo.
Funciones electorales
Por otra parte, se informó que la no concurrencia o abandono de funciones electorales. Se penará con prisión de seis meses a dos años a los funcionarios creados por esta ley y a los electores designados para el desempeño de funciones que sin causa justificada dejen de concurrir al lugar donde deban cumplirlas o hicieren abandono de ellas.
Otras sanciones
Violación del secreto del voto. Se impondrá prisión de tres meses a tres años al que utilizare medios tendientes a violar el secreto del sufragio.
Revelación del sufragio. Se impondrá prisión de uno a dieciocho meses al elector que revelare su voto en el momento de emitirlo.
Falsificación de padrones y su utilización. Se impondrá prisión de seis meses a tres años al que falsificare un padrón electoral y al que a sabiendas lo utilizare en actos electorales.