Una niñera fue condenada por exhibiciones obscenas frente a una nena de 2 años a la que debía cuidar
Uno de los dilemas de aquellos que son padres de menores de edad y no tienen con quien dejarlos en horarios laborales es dar con la persona indicada para dejarlos. Muchas veces se confía lo más importante de la vida de alguien que es padre a una persona a la que tal vez no conoce mucho. El tema se incrementa cuando se trata de un bebé, de un menor que todavía no habla, que no tiene la capacidad de contar.
Algo de esto le pasó a una pareja de Cipolletti que dejó al cuidado de una niñera a su hija de 2 años. En este caso sí, la pequeña pudo soltar algo para que se pueda empezar a investigar. ¿Qué pasó? La mujer fue denunciada por desnudarse y mostrarle sus partes íntimas a la nena. El caso llegó a la Justicia y la mujer admitió los cargos que pesaban en su contra. A raíz de esto que se llevó adelante en un juicio abreviado, fue condenada a seis meses de presión en suspenso. No va presa, aunque tendrá que cumplir pautas de conducta.
Los hechos ocurrieron entre noviembre del 2016 y luego se repitó en marzo del año siguiente. Siempre en la vivienda de la víctima, ubicada en la zona rural de Cipolletti. ¿Cómo se conoció el caso? La niña le contó a una amiga de su madre lo que había padecido cuando estaba al cuidado de la exhibicionista cuyas iniciales son TRJ.
Le dijo que TRJ “fue mala” y que tenía malos recuerdos de ella. Al indagar, le describió lo sucedido y ante esto, la amiga le transmitió a la madre lo que la menor había manifestado y luego presentó la denuncia. La mujer, que carecía hasta el momento de antecedentes penales, fue imputada inicialmente por abuso sexual. En la investigación no le pudieron comprobar ese delito, pero si el de “exhibiciones obscenas”.
Según la acusación presentada por la fiscal Eugenia Vallejos y la adjunta Vanina Bravo, la niñera “le bajó el pantalón a la niña y se bajó su propio pantalón”, obligándola de ese modo a “observar sus partes íntimas en contra de su voluntad”. Todo ocurrió mientras su madre no estaba en la vivienda, dado que se encontraba trabajando.
La defensora de Menores subrogante, Lilian Rodríguez, adhirió a la presentación fiscal, mientras que tampoco hubo objeciones respecto del hecho y calificación por parte del abogado defensor, Michel Rischmann. En tanto que la denunciante también comunicó que aceptaba la resolución. Ante el acuerdo alcanzado y la confesión de la imputada “sin ningún tipo de coacción ni condicionamiento”, la jueza María Florencia Caruso dictó el fallo tal lo convenido.
La magistrada destacó que habían reunido suficientes elementos probatorios que corroboraban la acusación. En lo puntual, ponderó la declaración de la niña brindada en cámara Gesell y las pericias psicológicas que determinaron que la chiquita “puede diferenciar entre verdad y mentira, es coherente y sincera”.
TRJ aceptó en la pena el cumplimiento de pautas de conducta por dos años. Debe mantener domicilio; presentarse cada dos meses en el Instituto de Presos y Liberados; no consumir bebidas alcohólicas y drogas en exceso en la vía pública y no cometer delitos. También le habían impuesto la prohibición de contacto físico ni de acercamiento, pero la misma madre lo desestimó, porque son vecinas lindantes y dijo que se han cruzado muchas veces y “nunca tuvo ningún problema con la imputada, no le ha mencionado nada en referencia a la causa, tampoco le ha proferido amenazas ni nada”.
¿Cómo se resolvió esa cuestión? La madre de la nena pidió que no intentara contactarla, ni a ella ni su hija por teléfono o redes sociales. En su lugar no puede mantener contacto telefónico o por redes sociales con la menor y su madre. Si no cumple iría tras las rejas.