Trabajó 12 años de manera precaria en Lucaioli, lo demostró, y ahora deberán indemnizarlo
El cierre por quiebra de la empresa Lucaioli dejó como saldo un tendal de trabajadores en la calle. Todo comenzó a mediados de 2017, cuando apoderados de la firma comenzaron a presentarse en las distintas sucursales para que el personal firme irrisorios acuerdos como indemnización. En lo que tiene que ver con Río Negro no fue la excepción, pero acá hubo un caso que sobresalió por el final que tuvo.
Un hombre, que se desempeño durante 12 años en el sector de armar y desarmar muebles, nunca estuvo en relación de dependencia. Siempre facturó y a la hora de llegar a un acuerdo, se vio en desventaja, ya que no le querían reconocer nada. Lo dejaron afuera de toda negociación.
Ante esto, se presentó en la Justicia. Allí pudo demostrar la cantidad de años que estuvo en la empresa, que lo hacía de lunes a sábado y que no solo se desempeñaba en el lugar, sino que cuando los clientes lo requerían también debía ir a los domicilios. Trabajaba la misma cantidad de horas e incluso había día que más, que los que estaban ne blanco.
“No solo cerraron la fuente de trabajo, sino que, en el caso del trabajador que presenta esta demanda, realizaron un claro fraude laboral repudiado por la legislación protectora del fuero durante más de doce años”, sostiene la sentencia de la Cámara Primera del Trabajo, que consideró la responsabilidad solidaria de la empresa Casa Humberto Lucaioli y a Juan Ángel Lucaioli, luego de haberse declarado en quiebra.
Por otro lado, el comunicado remarca: “Es evidente que los directores, administradores de la sociedad, no se han comportado como indica la norma. Es decir actuaron con dolo o por lo menos con culpa grave causando al trabajador un claro perjuicio violando la legislación laboral vigente”.
“El trabajador se encontraba inserto en la organización empresaria realizando en forma habitual, diaria, cumpliendo un horario como el personal registrado e incluso más, sus tareas de armar los muebles en el local que la demanda vendía en su establecimiento y también en los domicilios de los compradores o en la localidad de Comallo”, se explica en la sentencia. “En un principio se le pagaba en negro y luego se le hizo facturar en forma periódica –semanal– y correlativa a nombre de la demandada conforme los talonarios de facturas reservados en gran cantidad en secretaría del Tribunal”, finaliza el fallo.