2021-07-27

EdERSA se quiso ahorrar 1700 pesos y ahora tendrá que pagar más de medio millón

Un hombre reclamó la reparación de un televisor, que dejó de funcionar por un golpe de tensión. La empresa solo le reconocía el 80 por ciento, pero la justicia le dio la razón y le sumó 500.000 pesos por daño punitivo.

El propietario del televisor primero su reclamo a la empresa distribuidora de energía eléctrica pero ante la respuesta negativa elevó una denuncia ante EPRE, que es el organismo regulador del servicio público. Allí se condenó a pagar el arreglo del televisor o a reponer al usuario un aparato nuevo.

Sin embargo, la empresa sólo aceptó pagar el 80% de lo ordenado y en 2018 emitió un cheque a nombre del afectado por 1.700 pesos menos que el monto definido por el EPRE, por lo que el hombre lo rechazó y decidió iniciar acciones judiciales.

Primero buscó la vía de la mediación, pero la empresa no ofreció un acuerdo. Luego entabló una demanda de daños y perjuicios amparado en las leyes de Defensa del Consumidor y obtuvo así un fallo favorable del Juzgado Civil de Primera Instancia N° 1 de Roca. Recientemente la sentencia fue confirmada, de manera parcial, por la Cámara Civil de Apelaciones.

La demanda finalmente prosperó por 24.999 pesos (más intereses) por el daño material que el golpe de tensión provocó en el televisor, a lo que se sumaron otros 50.000 pesos en concepto de daño moral y otros 500.000 pesos por daño punitivo, una multa especialmente prevista por la Ley 24.240 que se aplica cuando las empresas demuestran “grave indiferencia hacia los derechos del consumidor, con el fin de desalentarlas a repetir esas conductas.

En cuanto al daño moral, la Cámara coincidió con la jueza de primera instancia en que “sin ninguna duda la privación del uso de los artefactos eléctricos dañados en las circunstancias descriptas en la demanda, constituye un agravio inmaterial que debe ser resarcido”.

En cuanto al daño punitivo, si bien la Cámara redujo el monto asignado en primera instancia, confirmó una multa de medio millón de pesos, a la que deberán sumarse los intereses hasta el efectivo pago.

La Cámara coincidió en que la empresa, aún teniendo una resolución del EPRE que la obligaba a pagar los daños del televisor, mantuvo una “conducta objetivamente descalificable desde el punto de vista social, disvaliosa por la indiferencia hacia la persona próxima, desidia o abuso de una posición de privilegio”.

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