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06/11/2026

Confirmaron la condena a prisión efectiva para el conductor que mató a Luis Alan en la Ruta 1

Con los peritajes de alcoholemia, el impacto familiar y los antecedentes sobre la mesa, los jueces resolvieron el destino de Federico Ignacio Navarré.
La resolución judicial validó el testimonio de las peritos psicológicas al ponderar el profundo estrés postraumático y las graves secuelas sufridas por la hija de la víctima. Foto: Archivo de NoticiasNet.
La resolución judicial validó el testimonio de las peritos psicológicas al ponderar el profundo estrés postraumático y las graves secuelas sufridas por la hija de la víctima. Foto: Archivo de NoticiasNet.

El Tribunal de Impugnación de la provincia de Río Negro ratificó de forma contundente la condena dictada contra Federico Ignacio Navarré, hallado responsable del homicidio culposo de Luis Alan y de las lesiones leves sufridas por su hija, Victoria Alan, en un siniestro vial ocurrido el 11 de agosto de 2024 sobre la Ruta Provincial N° 1, en el trayecto que une Viedma con el balneario El Cóndor.

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La resolución adoptada por los jueces Carlos Mohamed Mussi y Adrián Fernando Zimmermann - con la abstención de su par Miguel Ángel Cardella - rechazó el recurso de impugnación presentado por la defensa y confirmó la pena de tres años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, además de una inhabilitación por siete años para conducir vehículos automotores.

Las claves del fallo y el rechazo a los agravios de la defensa

Durante la audiencia de revisión, los magistrados analizaron cada uno de los cuestionamientos planteados por los abogados defensores Marcelo Manuel Maza y Luciano Diego Perdriel, quienes habían solicitado la nulidad de la mensuración de la pena y la aplicación de una condena condicional en suspenso. Sin embargo, el tribunal desestimó los argumentos por los siguientes motivos centrales. 

El fallo remarcó que las pericias y constancias de la causa demostraron que Navarré circulaba con un nivel de alcohol en sangre estimado entre 2,02 y 2,17 g/l, superando holgadamente el umbral del tipo penal (fijado en 1 g/l). Esto, sumado a antecedentes de infracciones similares en Bahía Blanca, evidenció un profundo desapego y desprecio por las normas de tránsito.

La defensa había alegado una ultravaloración del resultado fatal y de las secuelas psicológicas. No obstante, el tribunal aclaró que se ponderaron de manera autónoma las graves lesiones psíquicas y físicas sufridas por la acompañante (Victoria Alan), cuyo impacto y daño superan el resultado básico de la muerte de su padre.

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Los jueces ponderaron que el hecho ocurrió de madrugada (4:20 AM), en un sector de la ruta sin iluminación artificial, con calzada húmeda por lluvia y en plena época de tránsito fluido hacia la costa, factores que incrementaron drásticamente el riesgo provocado por una conducción antirreglamentaria y a alta velocidad.

Respecto a los planteos sobre el rol de sostén de familia del imputado y el cuidado de su madre, el tribunal coincidió en que la defensa no aportó pruebas fehacientes de convivencia exclusiva o de que una condena efectiva desampare a sus hijos, cuyos domicilios principales eran con sus respectivas madres.

El tribunal zanjó que fallos como el antecedente "Cémpin" de la Corte Suprema de Justicia de la Nación no resultan aplicables al caso, puesto que operan estrictamente para penas de hasta tres años de prisión que habilitan la libertad condicional, un límite superado por los 42 meses de encierro dictados en este proceso.

El siniestro vial que conmocionó a la región

El trágico episodio ocurrió en las primeras horas del 11 de agosto de 2024, a la altura del kilómetro 8,980 de la Ruta Provincial N° 1. En esas circunstancias, Navarré conducía un automóvil Volkswagen Virtus en dirección Viedma - El Cóndor cuando, al invadir el carril contrario, impactó de frente contra una Renault Duster en la que se desplazaban Luis Alan y su hija Victoria.

El fuerte impacto provocó la muerte de Alan a raíz de un infarto agudo de miocardio consecuente a un traumatismo cerrado de tórax, además de dejar a su hija con severos politraumatismos y un profundo daño psicológico postraumático que interrumpió su proyecto de vida y su carrera académica.

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Con la confirmación de la sentencia por parte del Tribunal de Impugnación, la condena quedó firme en esta instancia y se impusieron las costas procesales al imputado, regulándose los honorarios correspondientes a la querella y a la defensa técnica.

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