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30/10/2026

Caso Mandagaray: el Superior Tribunal rechazó los recursos de los tres instructores y las condenas quedaron casi firmes

Ahora les quedó únicamente un recurso de queja ante la Corte Suprema, pero es difícil que revierta la decisión.
Alejandro Gattoni, uno de los instructores condenados por el caso Mandagaray. Foto archivo NoticiasNet.
Alejandro Gattoni, uno de los instructores condenados por el caso Mandagaray. Foto archivo NoticiasNet.

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro rechazó los recursos extraordinarios federales presentados por las defensas de tres de los policías condenados por la muerte de Gabriel Mandagaray, ocurrida durante un curso de formación policial. La decisión mantiene las condenas por abuso de autoridad y homicidio culposo y deniega, en esta instancia, el acceso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

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La resolución mantiene lo decidido en las instancias anteriores, aunque las defensas todavía pueden acudir directamente a la Corte Suprema mediante un recurso de queja.

El hecho se originó durante una capacitación policial en la que Mandagaray murió tras ingresar al mar. Por esos hechos fueron condenados cuatro integrantes de la fuerza. Las defensas cuestionaron distintos aspectos de las sentencias, entre ellos la valoración de las pruebas, la responsabilidad atribuida a cada acusado y las penas impuestas.

El Superior Tribunal ya había intervenido en el expediente y ordenado nuevas revisiones de las condenas. Después de ese recorrido judicial, el Tribunal de Impugnación 3 confirmó las decisiones. Las defensas acudieron nuevamente al STJ, que rechazó sus planteos en agosto de este año.

Tres de los condenados, Alejandro Gattoni  (4 años y 10 meses de prisión efectiva por homicidio culposo y abuso de autoridad como autor), Alfredo Nahuelcheo (4 años y 6 meses de prisión efectiva por homicidio culposo y abuso de autoridad como coautor) y Maximiliano Vitali Méndez (4 años y 3 meses de prisión efectiva por homicidio culposo y abuso de autoridad como coautor). Sostuvieron que las decisiones anteriores no habían respondido adecuadamente sus cuestionamientos y que se habían vulnerado garantías constitucionales, como el derecho de defensa, el debido proceso y el derecho a una revisión integral de la condena.

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El Superior Tribunal consideró que las presentaciones no cumplían los requisitos necesarios para habilitar la instancia federal. Explicó que las defensas invocaron garantías constitucionales, pero no demostraron de manera concreta cómo las decisiones judiciales habían vulnerado esos derechos. También señaló que los recursos reiteraban argumentos que ya habían recibido respuesta en las instancias anteriores.

Uno de los planteos se relacionó con las obligaciones de los policías durante la capacitación. La defensa de Gattoni cuestionó que se hubiera utilizado una resolución administrativa para fundamentar el delito de abuso de autoridad. El STJ respondió que la condena no se apoyó únicamente en esa disposición, sino también en normas provinciales que obligan a los integrantes de la fuerza a respetar la vida, la dignidad y la seguridad de las personas bajo su responsabilidad.

Otro de los cuestionamientos estuvo vinculado con la forma en que se atribuyó la responsabilidad por la muerte de Mandagaray. Las defensas sostuvieron que durante el proceso se había modificado la acusación original. El Superior Tribunal descartó ese argumento y explicó que los hechos juzgados permanecieron iguales. Lo que cambió fue su interpretación jurídica, sin que se incorporaran nuevas conductas ni se afectara la posibilidad de defensa.

En particular, el fallo señaló que cada uno de los acusados realizó aportes individuales al desarrollo de los acontecimientos que terminaron con la muerte del joven. También recordó que los responsables de la capacitación tenían obligaciones específicas de cuidado y protección respecto de quienes participaban del curso.

Las defensas cuestionaron además la valoración de testimonios y la determinación de las penas. El STJ sostuvo que esas cuestiones ya habían sido examinadas y que los recursos no demostraron la existencia de arbitrariedades que justificaran una intervención excepcional de la Corte Suprema.

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Con estos fundamentos, el Superior Tribunal declaró inadmisibles los tres recursos extraordinarios federales. 

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