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23/10/2026

Un condenado por abuso tiene más de 70 años y pidió prisión domiciliaria: qué dispuso la justicia

El planteo llegó al fuero de ejecución penal de Viedma, aunque se pusieron en la balanza sus graves antecedentes con fuga y pedido de recompensa.
El juzgado está a cargo de Shirley González, pero todo queda en el Penal 1. Foto NoticiasNet (archivo).
El juzgado está a cargo de Shirley González, pero todo queda en el Penal 1. Foto NoticiasNet (archivo).

El rol del Ministerio Público Fiscal (MPF), la naturaleza de la condena y el tipo de delito se pusieron en la mesa de debate recientemente en el Juzgado de Ejecución Penal N° 8 de esta ciudad para evaluar una solicitud de prisión domiciliaria por edad avanzada.

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El trámite está vinculado con una antigua causa por un hecho denunciado en una localidad cercana a Viedma durante 2014 contra un sujeto, y las víctimas eran –en ese momento- cuatro menores de edad, de acuerdo a lo que pudo saber NoticiasNet en consulta al Poder Judicial de Río Negro.

Cuando tenía 67 años, la entonces Sala “B” de la Cámara en lo Criminal dictó el 27 de junio de 2017 una condena de 15 años mediante sentencia definitiva N° 97 por resultar autor material y penalmente responsable  del delito de abuso sexual agravado por acceso carnal y corrupción de menores.

Tras conocerse el fallo de la justicia rionegrina, este individuo –de origen riojano, bastante canoso y de peinada calva- se dio a la fuga antes de ser encarcelado de forma efectiva. Permaneció prófugo durante casi cinco años. Su caso tomó relevancia pública debido a reiterados pedidos de captura y al ofrecimiento de una recompensa económica por parte del Gobierno Nacional y el Ministerio Público Fiscal para dar con su paradero (500.000 pesos).

Fue finalmente detenido en marzo de 2022 a los 72 años de edad en una vivienda de General Roca. El operativo fue ejecutado por la Policía de Río Negro junto a la Unidad de Apoyo Logístico e Investigación. Posteriormente a su captura, se evaluó su traslado al Penal N° 1 de Viedma para cumplir su condena.

Ese mismo año, su abogado defensor particular presentó un recurso de casación para apelar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) y luego renunció. El 5 de mayo de 2022, el Superior Tribunal de Justicia por mayoría consideró mal concedido el recurso ratificando el fallo.

Todos estos antecedentes fueron puestos en la balanza en el fuero de ejecución penal durante una audiencia concretada días atrás mediante la plataforma zoom. Fue presidida por la titular de ese fuero, Shirley González, con la participación de Candela Sequeiros por el MPF y Pedro Vega como defensor oficial.

En principio, González tuvo presente los argumentos esgrimidos por la defensa y el condenado, tomando en cuenta que una persona de más de 70 años puede pedir el beneficio de esa modalidad de arresto si es como una causal objetiva.

Sin embargo, la magistrada tomó en cuenta el dictamen desfavorable de la representante del MPF, y la oposición formulada por las víctimas a la concesión del arresto domiciliario pretendido por el interno y su defensa.

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Lapidario

Frente a ello, en la sentencia, decidió no hacer lugar al pedido efectuado por el interno y su defensa, para que se incorpore al condenad al Régimen de Prisión Domiciliaria, basándose en el supuesto riesgo que podría implicar para terceros.

Tuvo sus argumentos. González apuntó en el legado que “no puede dejarse de lado ni desconocerse que: el interno  realiza un análisis intermedio de los factores que produjeron su condena;  registra una adherencia  al tratamiento  mínima; el domicilio propuesto se encuentra  en cercanía  de una escuela primaria y de una heladería, recreando  las condiciones ambientales  que favorecieron  el modus operandi  original”.

Agrega en el expediente que “el informe Pericial Social Forense ratifica  que   los espacios  identificados  en cercanía del domicilio propuesto, constituyen una ruta de paso obligatoria para niñas y niños; las conclusiones  periciales y el  informe desfavorable del Equipo Interdisciplinario del Juzgado de Ejecución, dan cuenta de un elevado riesgo de reincidencia vigente”.

Insistió para la negativa que “el condenado registra antecedentes de fuga  luego de la condena (año 2017) hasta  el año 2022 que fue capturado, entre otros fundamentos  expuestos  en el marco  de la presente audiencia, correspondiendo además resaltar la oposición, rotunda y fundada  de las víctimas  y  el temor  que manifestaron para el caso que se conceda  esta forma de cumplimiento de la pena”.

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