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14/10/2026

Un accidente, nueve años de espera para un fallo judicial en favor de un ciclista

El accidente ocurrió en 2017, en el acceso a Viedma. El hombre sufrió lesiones que lo mantuvieron seis meses fuera de la actividad deportiva y laboral.
Accidente con una millonaria indemnización que ocurrió en el Puente Nuevo de Viedma. Foto archivo NoticiasNet.
Accidente con una millonaria indemnización que ocurrió en el Puente Nuevo de Viedma. Foto archivo NoticiasNet.

Un accidente de tránsito ocurrido hace más de nueve años en el puente Basilio Villarino, que conecta Viedma con Carmen de Patagones, terminó con una millonaria condena. La Justicia civil de Viedma hizo lugar a la demanda de un ciclista profesional que fue embestido por un taxi después de un choque entre dos automóviles y ordenó pagarle más de $24 millones, sin contar otros rubros que aún deben cuantificarse ni los intereses.

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La sentencia fue dictada el 9 de octubre por la jueza Julieta Noel Díaz, de la Unidad Jurisdiccional Civil N.º 1 de Viedma. El fallo atribuyó responsabilidad concurrente a los conductores de los dos vehículos involucrados y también alcanzó a sus titulares registrales. Además, dispuso que una de las compañías aseguradoras responda dentro de los límites de la cobertura contratada.

Cómo fue el accidente en el Puente Nuevo

El siniestro ocurrió el 9 de febrero de 2017, alrededor de las 16.30, cuando el ciclista regresaba de una sesión de entrenamiento y descendía del puente en dirección norte-sur, a la altura del sector conocido como el rulo de acceso a Viedma.

Según reconstruyó la sentencia, el hombre escuchó un fuerte ruido y observó que un Chevrolet Corsa afectado al servicio de taxi perdió el control y lo embistió. El vehículo había impactado previamente contra otro Corsa, de color bordó, en medio de una situación en la que ambos conductores realizaron maniobras imprudentes y circulaban a una velocidad superior a la reglamentaria.

Los conductores ofrecieron versiones diferentes sobre la mecánica del choque y se atribuyeron mutuamente la responsabilidad. Sin embargo, a partir de las pruebas incorporadas al expediente, las pericias accidentológicas y los demás elementos analizados, la jueza concluyó que ambos tuvieron responsabilidad en el hecho.

El ciclista sufrió lesiones que lo mantuvieron alejado de los entrenamientos durante aproximadamente seis meses. Además, no pudo retomar sus clases particulares de ciclismo hasta agosto de ese año y quedó fuera de distintas competencias en las que solía participar.

La indemnización supera los $24 millones

El fallo reconoció distintos perjuicios derivados del accidente. Entre los montos establecidos se establecieron $15 millones por pérdida de chance y lucro cesante, vinculados con los ingresos que dejó de percibir por sus clases de ciclismo y las oportunidades de obtener premios en competencias.

Además, se computaron $8.865.350 por daño moral, con los intereses calculados desde la fecha del accidente hasta el dictado de la sentencia y medio millón por gastos médicos, farmacéuticos, tratamientos y traslados.

En total, esos rubros suman $24.365.350, a los que deberán agregarse los intereses correspondientes hasta el pago efectivo.

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La sentencia también contempla una indemnización por incapacidad sobreviniente, cuyo cálculo quedó pendiente para la etapa de ejecución. Para determinarla, se deberá solicitar información actualizada sobre la remuneración que corresponde al cargo docente que desempeñaba el ciclista al momento del siniestro.

A su vez, la Justicia reconoció el derecho a recibir el valor de reposición de la bicicleta de competición, que quedó inutilizada tras el impacto. Ese monto también se establecerá más adelante, mediante la presentación de un presupuesto actualizado que contemple un modelo con características equivalentes.

El accidente afectó su trabajo y su carrera deportiva

Al momento del hecho, el demandante se desempeñaba como profesor de Educación Física y ciclista profesional. Además de competir regularmente, daba clases particulares de ciclismo, tanto en espacios cerrados como en salidas grupales al aire libre.

La sentencia consideró acreditada esa actividad mediante las declaraciones de testigos, quienes señalaron que tenía aproximadamente 120 alumnos antes del accidente.

Para evaluar las consecuencias económicas, la jueza tuvo en cuenta que las lesiones no solo le impidieron desarrollar sus actividades laborales durante la recuperación, sino que también lo dejaron fuera de competencias en las que tenía posibilidades de obtener premios.

El fallo detalló distintas carreras en las que el ciclista había participado habitualmente, entre ellas la Doble UPCN, el Rally Parejas de Lamarque, la Vuelta de la Pera, el Desafío Las Grutas y el Desafío Río Pinto.

En relación con el daño moral, la resolución valoró el sufrimiento provocado por las lesiones y la interrupción de una actividad que, además de ser su pasión, representaba una fuente de ingresos.

La aseguradora deberá responder

Otro de los puntos centrales de la sentencia fue la cobertura del automóvil bordó. La compañía había planteado que la póliza estaba vencida cuando ocurrió el accidente y que, por lo tanto, no debía responder por los daños.

Sin embargo, la jueza rechazó esa defensa. Consideró que la aseguradora no produjo pruebas suficientes para demostrar que la cobertura había sido cancelada o que existía una falta de pago que justificara excluirla.

La resolución también rechazó la defensa presentada en representación de uno de los titulares registrales de los vehículos, quien alegaba que ya no era propietario efectivo del automóvil. La jueza entendió que no se habían acreditado los recaudos necesarios para deslindar su responsabilidad.

Finalmente, ordenó que los demandados abonen las sumas establecidas dentro del plazo de diez días, además de los montos que se determinen posteriormente por incapacidad y reposición de la bicicleta. Todas las sumas deberán actualizarse con los intereses fijados en el fallo hasta que se concrete el pago.

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