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01/09/2026

El paso decisivo para miles de vecinos que esperan ser dueños definitivos de su casa

A partir de un acuerdo estratégico entre el Municipio y el IPPV, se puso en marcha un mecanismo fundamental para resolver una deuda histórica con las familias de la ciudad.
El acuerdo permitirá a cientos de familias tramitar los títulos de propiedad de sus hogares mediante un sistema administrativo, descentralizado y gratuito. Foto: Archivo. 
El acuerdo permitirá a cientos de familias tramitar los títulos de propiedad de sus hogares mediante un sistema administrativo, descentralizado y gratuito. Foto: Archivo. 

El Poder Ejecutivo Municipal de Viedma ratificó de manera oficial el Convenio de Cooperación y Articulación Institucional celebrado con el Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda (IPPV). 

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La medida, formalizada a través de un decreto firmado por el intendente Marcos Castro y la jefa de Gabinete María Eugenia Serra, pone en marcha un mecanismo de descentralización administrativa para aplicar el Régimen de Regularización Dominial, amparado en la Ley Nacional N° 24.374 (conocida como Ley Pierri) y la legislación provincial vigente. 

El propósito central de este acuerdo, que tendrá una vigencia inicial de dos años prorrogables, es brindar seguridad jurídica a aquellas familias que residen en inmuebles de titularidad privada pero carecen de la escritura formal. 

A través de este trabajo conjunto, el municipio asumirá un rol activo como boca de acceso para la ciudadanía, encargándose de la recepción de las solicitudes, la verificación de los requisitos de admisibilidad y la conformación de las actuaciones preliminares mediante expedientes digitales. 

Por su parte, el IPPV actuará como autoridad de aplicación, brindando asistencia técnica, capacitación a los referentes locales y coordinando el tramo final de las escrituraciones con el Colegio de Notarios de la Provincia de Río Negro. 

Los alcances del acuerdo y quiénes pueden acceder 
El convenio delimita de forma estricta los parámetros legales y técnicos para que un ciudadano pueda acogerse al beneficio. 

El régimen está diseñado exclusivamente para ocupantes por causa lícita que acrediten una posesión pública, pacífica y continua del inmueble desde antes del 1 de enero de 2006. 

Asimismo, la propiedad debe tener como destino principal el de vivienda única y permanente. 

En términos territoriales, las parcelas deben contar con una superficie de entre 200 m² y 600 m² (salvo excepciones fundadas que apruebe el IPPV) y estar ubicadas dentro del tejido consolidado del ejido urbano o, en casos específicos de agricultores familiares, en zonas rurales donde el grupo conviviente resida y produzca. 

Otro de los filtros técnicos es la valuación fiscal de la propiedad, la cual no debe superar el tope vigente de $94.000.000. 

El texto aclara expresamente que quedan excluidas del programa las usurpaciones recientes, las ocupaciones violentas o clandestinas, y todos aquellos inmuebles que pertenezcan al dominio público o al Estado. 

Financiamiento y gratuidad del proceso 
Uno de los puntos regulados en el documento es el aspecto económico del trámite. 

Si bien las gestiones y diligencias ante los organismos públicos provinciales y municipales gozan de un beneficio de gratuidad absoluta —quedando exentas del pago de sellados, tasas e impuestos—, el procedimiento administrativo contempla costos fijos vinculados a los honorarios profesionales externos. 

Los beneficiarios deberán abonar un monto de $300.000 al Consejo Profesional de Agrimensores para el Informe Pericial de agrimensura y $200.000 al Colegio Notarial por el acta de constatación, además de una contribución especial equivalente al 1% del valor fiscal del inmueble. 

Para evitar que las barreras económicas impidan el avance de los expedientes, el convenio introduce dos alternativas: la firma de convenios de pago en cuotas a través de la plataforma provincial de gestión, o la excepción total del pago de los gastos de mensura por parte del Estado, siempre y cuando un informe social previo acredite de manera fehaciente una situación de extrema vulnerabilidad en el grupo familiar solicitante. 

Una vez cumplimentados los pasos y firmada el Acta Notarial, se ordenará la inscripción registral de la afectación; transcurridos diez años sin oposiciones legales por parte de terceros, los ocupantes quedarán habilitados para gestionar la escritura traslativa de dominio definitiva.

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