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11/08/2026

Chau al déficit verde: Viedma pone en marcha una nueva ordenanza para transformar su arbolado urbano

Tras un diagnóstico lapidario que reveló el faltante de ejemplares, la flamante normativa ya entró en vigencia.
La norma crea nuevas herramientas de planificación, establece reglas para plantar, podar y extraer ejemplares, incorpora un registro de podadores y fija obligaciones para frentistas, desarrolladores y empresas de servicios. Archivo.
La norma crea nuevas herramientas de planificación, establece reglas para plantar, podar y extraer ejemplares, incorpora un registro de podadores y fija obligaciones para frentistas, desarrolladores y empresas de servicios. Archivo.

La ciudad de Viedma comenzará a implementar un nuevo régimen para la gestión de su arbolado urbano. La ordenanza aprobada por el Concejo Deliberante en el mes de junio y recientemente promulgada establece un conjunto de reglas que alcanzan tanto a la Municipalidad como a frentistas, desarrolladores inmobiliarios, empresas de servicios y quienes realicen tareas de poda y manejo de árboles.

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La nueva normativa tiene como punto de partida el trabajo realizado por la Mesa del Arbolado Urbano, integrada por la Defensoría del Pueblo de Viedma, el Inta, instituciones académicas, organizaciones ambientales, el Concejo Deliberante y la Municipalidad. Entre sus principales antecedentes se encuentra el Censo del Arbolado Urbano, que permitió relevar en detalle la situación de los ejemplares existentes.

El censo se realizó sobre el barrio Zatti, seleccionado como muestra representativa de la ciudad. Allí se relevaron 1.279 árboles en 69 manzanas y más de 57 hectáreas. El estudio estimó que, para alcanzar una distribución de aproximadamente un árbol cada cinco metros de vereda, deberían existir unos 3.500 ejemplares, lo que permitió dimensionar un déficit cercano al 60%. También detectó una baja diversidad de especies y la presencia de ejemplares que pueden generar conflictos con la infraestructura urbana.

A partir de ese diagnóstico, la nueva ordenanza establece como primera herramienta el Manual de Manejo del Arbolado Público Urbano (Mmapu). Será elaborado por la autoridad de aplicación junto con la Mesa Interinstitucional de Arbolado y deberá establecer los criterios técnicos para la planificación, conservación y manejo de los ejemplares. Su aplicación será obligatoria para las intervenciones sobre el arbolado público y deberá actualizarse periódicamente.

La norma también establece que toda intervención sobre el arbolado público deberá contar con autorización y un dictamen técnico que justifique la necesidad de realizarla y determine el procedimiento. Esto alcanza a tareas de poda, raleo, extracción, plantación, reposición y otras intervenciones.

En materia de extracción, la ordenanza contempla situaciones como el deterioro irrecuperable, el riesgo de caída, la interferencia con obras o servicios públicos y la existencia de especies consideradas inapropiadas para determinadas zonas urbanas. Cuando se trate de árboles sanos, la remoción solamente podrá autorizarse cuando exista una justificación técnica que demuestre la imposibilidad de conservarlos en su ubicación o un riesgo real para personas o bienes.

Este punto se vincula con una de las conclusiones del censo: la necesidad de revisar la composición del arbolado existente. El relevamiento había advertido sobre una fuerte concentración en determinadas especies y sobre ejemplares que no resultan adecuados para algunas veredas debido a sus características y al impacto que pueden generar sobre cañerías, cordones, veredas y pavimentos.

Plantar también tendrá nuevas reglas
La ordenanza establece que la forestación de calles deberá ajustarse a los criterios definidos en el manual y prohíbe la plantación de especies vegetales en espacios públicos sin autorización municipal.

Al mismo tiempo, los frentistas deberán colocar el arbolado correspondiente a sus domicilios y asumir la custodia de los ejemplares ubicados frente a sus propiedades. La Municipalidad deberá proveer árboles en los casos de familias de bajos recursos.

La normativa busca así que el incremento del número de ejemplares —uno de los principales déficits detectados por el censo— se realice de manera planificada, evitando repetir problemas derivados de una selección inadecuada de especies.

Podadores registrados y nuevas exigencias
Otro de los cambios es la creación de un Registro de Podadores, en el que deberán inscribirse quienes realicen tareas de poda y manejo del arbolado. Para obtener la habilitación deberán acreditar idoneidad mediante una capacitación municipal.

Los nuevos desarrollos inmobiliarios también tendrán nuevas exigencias. Deberán presentar un relevamiento forestal de las especies existentes y obtener una prefactibilidad forestal antes de avanzar con la visación de nuevos fraccionamientos. El objetivo es que los proyectos puedan contemplar, cuando sea posible, la conservación de los árboles existentes.

Las empresas de servicios públicos, por su parte, deberán contar con autorización municipal para realizar intervenciones sobre la vegetación cuando esta interfiera con líneas, tendidos o conductos.

Un registro para conocer el arbolado de la ciudad
La ordenanza dispone además la implementación de un sistema de registro y monitoreo del arbolado urbano, que deberá reunir información sobre la ubicación, características y estado sanitario de los ejemplares y sobre las intervenciones realizadas.

Esta herramienta permitirá avanzar hacia una gestión basada en información actualizada, en línea con el trabajo realizado durante el censo del barrio Zatti.

La nueva normativa también establece mecanismos de compensación ante determinadas extracciones y un régimen de sanciones para las intervenciones no autorizadas, con multas que pueden alcanzar las 10.000 unidades fijas para algunas infracciones y hasta 50.000 unidades fijas para otras conductas no contempladas específicamente.

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