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26/06/2026

El Colegio de la Abogacía rechazó una matriculación: cuál fue el delito del aspirante

La decisión abre un fuerte debate sobre los requisitos para ejercer la profesión. Se negó la inscripción, debido a una condena penal cuyos efectos jurídicos aún permanecen vigentes.
Histórico fallo del Colegio de la Abogacía, con el rechazo de matriculación a un aspirante.
Histórico fallo del Colegio de la Abogacía, con el rechazo de matriculación a un aspirante.

El Colegio de la Abogacía rechazó la solicitud de matriculación de un aspirante debido a que registra antecedentes penales vigentes, en una decisión que constituye un precedente institucional al ser la primera aplicación de la reforma introducida al artículo 7° de su Estatuto.

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La modificación fue aprobada por los propios matriculados durante una Asamblea Extraordinaria realizada en diciembre de 2024 y establece que no podrán inscribirse como abogados quienes hayan sido condenados por delitos dolosos "mientras subsistan los efectos jurídicos de la condena".

El caso analizado por la Comisión Directiva tuvo como eje la situación de una persona que fue condenada en la Justicia Penal y cuya sentencia continúa produciendo efectos legales. Entre la documentación evaluada figura una resolución judicial que unificó condenas por delitos dolosos y fijó una pena de dos años de prisión de ejecución condicional, además de imponer reglas de conducta y otras obligaciones judiciales.

NoticiasNet accedió a la sentencia del aspirante en cuestión y se trata de un caso de tenencia simple de estupefacientes, por el cual se ordenó la pena de un año y nueve meses de prisión de ejecución condicional. A ello, se le unificó una pena por otro hecho y se computaron dos años de prisión condicional.

En este sentido, por idéntico pronunciamiento, se dispusieron pautas de conducta por dos años. Ellas fueron constituir domicilio, al igual que número telefónico y cualquier modificación de ellos comunicarlo previamente al Tribunal, presentación mensual ante el Patronato de Liberados de Viedma, no abusar de bebidas alcohólicas, ni consumir estupefacientes en lugares públicos, continuar los estudios de la carrera de Abogacía y no volver a cometer delitos.

Desde el Colegio de la Abogacía se aclaró que las pautas de conducta son un efecto de la condena, pero la misma tiene otros como el registro de antecedentes y podrían pasar hasta diez años para que el aspirante finalmente pueda matricularse en la provincia. 

Al analizar este caso concreto, la Comisión Directiva determinó que los antecedentes penales vigentes constituyen, precisamente, una de las consecuencias jurídicas que la condena continúa produciendo en el tiempo. Por lo tanto, al estar activos los antecedentes, se configura la restricción prevista en la norma.

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