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24/05/2026

Dio un paso fundamental para que su marido renuncie a la violencia y un fallo judicial puso orden

Intervino un juzgado de Familia de Viedma disponiendo una serie de medidas para evitar mayores agresiones.
Mesa de entradas de los juzgados de Familia por donde ingresó el expediente destinado a frenar ataques. Foto NoticiasNet (archivo).
Mesa de entradas de los juzgados de Familia por donde ingresó el expediente destinado a frenar ataques. Foto NoticiasNet (archivo).

La violencia de pareja es una problemática social que afecta a muchas personas y que requiere una pronta y efectiva intervención por parte de la justicia para proteger a las víctimas y garantizar sus derechos. En Viedma, recientemente se dio un caso en el que una jueza de familia actuó rápidamente tras una denuncia presentada por una mujer en la Comisaría de la Familia, imponiendo medidas para salvaguardar a la víctima.

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Días atrás, la titular de la Unidad Procesal Nº 7, María Laura Dumpé dio por iniciadas actuaciones en el marco de los artículos 136 y subsiguientes del Código de Familia (Título V) y la Ley D Nº 3.040 (de violencia familiar) por parte de una mujer en contra de su pareja.

Con la intención de resguardar la integridad psicofísica de la denunciante, y pacificar la conflictiva familiar existente, la magistrada hizo saber al agresor que no puede realizar actos de violencia “de ningún tipo” ya sea por medio de violencia física, psíquica, económica y emocional.

Incluyó hechos de violencia: los insultos, las amenazas o acciones amenazantes, tales como remitir mensajes ofensivos o denigrantes hacia la denunciante o gritar delante de ella, de terceras personas en su presencia y con palabras denigrantes a su persona, generar temor, hostigarla y/o controlarla personalmente, por las redes o en forma telefónica o todo acto tendiente a incomodar o generar stress en la otra persona, no pudiendo ejercerla en ninguna de sus formas (personalmente, por mail, telefónico, whatsapp o redes sociales: Facebook, X, tik tok, instagram), tanto de manera directa como indirecta (por medio de terceras personas).

Dispuso la prohibición de acercamiento en un radio de 300 metros del hombre hacia la mujer, a la vivienda de Viedma, o donde ésta se encuentre. Asimismo, le comunicó que en caso de verla en algún lugar deberá inmediatamente alejarse para respetar el perímetro de alejamiento impuesto.

Teniendo en cuenta los hechos denunciados y/o la repetición de los hechos de violencia, Dumpé consideró pertinente disponer el acompañamiento del Sistema de Atención Territorial (SAT), bajo los programas y/o estrategias que el organismo disponga con la finalidad de promover la problematización y reflexión sobre la situación que atraviesa la señora, lo que le permitirá adquirir mayores recursos frente a la violencia a la que está expuesta, reducir el nivel de riesgo y sostener las medidas cautelares de protección aquí dispuestas, debiendo remitir un informe de lo actuado en el término de cinco días.

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