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18/05/2026

Quiso recuperar un departamento ocupado desde hace varios años y desalojar parientes: el fallo judicial

Se trata de una unidad habitacional ocupada por una mujer que vive con sus hijos menores en el barrio América de Viedma.
Actuó el juez Oyola en el marco de una presentación por la disputa del departamento en ese complejo habitacional. Foto NoticiasNet (archivo).
Actuó el juez Oyola en el marco de una presentación por la disputa del departamento en ese complejo habitacional. Foto NoticiasNet (archivo).

Ante la situación de crisis social económica que atraviesa la Argentina en los últimos años, muchas personas se vieron obligadas a ajustar sus vidas y espacios, una situación que desencadenó complejos conflictos habitacionales en diversas ciudades.

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En el barrio América de Viedma, un problema habitacional derivó en un conflicto judicial a partir de que una de las herederas de una familia reclamó para sí un departamento durante una presentación que hizo el 30 de marzo del año pasado ante el Juzgado Civil de Viedma, a cargo de Leandro Oyola.

En este marco, denunció que hubo una sucesión tras el fallecimiento de su padre, siendo beneficiada de la unidad con sus hermanos; y en el medio detectó que, desde hace unos años, existe allí una ocupación ilegal por parte de una allegada y sus tres hijos menores.

Cuando esta última fue llamada por el tribunal con el propósito de brindar explicaciones, argumentó que estaba allí con autorización de su abuela, pareja del propietario original y padre de quien exigió la devolución.

Al explorar en forma muy extensa los detalles del conflicto, el magistrado observó que la heredera tiene derechos, aun considerando acreditada dicha autorización, lo cierto es que sólo permitiría inferir -en la hipótesis más favorable para la demandada- una situación de mera tenencia precaria o tolerada, insuficiente para enervar la procedencia de la presente acción, “en tales condiciones, la ocupación ejercida por la demandada reviste carácter precario y genera una obligación actual y exigible de restituir el inmueble objeto de autos”.

En principio, puso en conocimiento de la situación a la Defensoría de Menores buscando la necesidad de “adoptar medidas razonables tendientes a resguardar el interés superior de los niños involucrados”, tras lo cual dispuso “adecuar las condiciones de ejecución de la sentencia, fijando un plazo prudencial para la restitución voluntaria del inmueble y disponiendo la intervención de los organismos administrativos competentes”.

En consecuencia, ordenó a la ocupante desalojar el inmueble dentro de un plazo de 45 días restituyendo el departamento del mencionado complejo habitacional “bajo apercibimiento de disponer su lanzamiento con el auxilio de la fuerza pública”. 

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