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23/02/2026

Una aerolínea canceló un vuelo y la Justicia la condenó a pagar una multa millonaria

La Justicia consideró que no se probó la causal climática invocada y que se incumplió el deber de información al consumidor.
La indemnización supera el millón de pesos. Foto: Archivo de NoticiasNet.
La indemnización supera el millón de pesos. Foto: Archivo de NoticiasNet.

La Cámara de Apelaciones en lo Civil de la Primera Circunscripción Judicial de Viedma confirmó la condena contra una aerolínea de bandera por la cancelación de un vuelo en 2019 y la falta de información adecuada al pasajero.

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El fallo, dictado el 6 de febrero de 2026, rechazó el recurso de apelación de la empresa y dejó firme la sentencia de primera instancia que la obliga a pagar $1.048.366,11, discriminados en $487.280,15 por daño moral, $161.085,96 por daño directo y $400.000 en concepto de daño punitivo, más intereses y costas.

El caso se originó el 11 de octubre de 2019, cuando el pasajero fue notificado por correo electrónico, dos horas antes de la partida, de la cancelación de su vuelo entre Viedma y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El mensaje no detallaba los motivos ni informaba sobre derechos o alternativas, y lo derivaba a un call center.

Según se acreditó en el expediente, ante la falta de respuestas y la inminencia del viaje, el usuario optó por trasladarse por vía terrestre, un trayecto de aproximadamente 1.000 kilómetros, lo que le generó gastos de combustible, peajes y otros consumos. Además, reclamó la suma abonada como diferencia tarifaria para mantener abiertos los pasajes tras la cancelación.

La empresa alegó que la suspensión obedeció a razones meteorológicas y cuestionó la aplicación del régimen de Defensa del Consumidor al transporte aéreo. Sin embargo, la Cámara sostuvo que no logró acreditar de manera suficiente que el hecho se debiera efectivamente a condiciones climáticas excepcionales y remarcó que, aun en esos supuestos, subsiste el deber de brindar información clara, cierta y detallada al pasajero.

El tribunal entendió que se configuró un incumplimiento al deber de información y trato digno, y ratificó tanto el resarcimiento por los gastos y el daño moral como la multa civil (daño punitivo) prevista en la Ley de Defensa del Consumidor.

Además de confirmar la condena, los jueces impusieron las costas de la segunda instancia a la empresa y regularon los honorarios profesionales correspondientes. Con esta decisión, quedó firme en la instancia provincial la responsabilidad de la aerolínea por los daños derivados de la cancelación y la deficiente información brindada al usuario.

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