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ECONOMÍA

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01/01/2026

ARCA prorrogó el plazo para adherir al plan de pagos especial de impuestos

Así quedó plasmado en la Resolución General 5808/2025 publicada hoy en el Boletín Oficial.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha tomado una medida decisiva para beneficiar a quienes enfrentan dificultades financieras. Este organismo ha ampliado el plazo disponible para participar en su plan especial de pagos de impuestos, permitiendo que más contribuyentes regularicen sus situaciones impositivas con facilidad. Este programa es relevante para aquellos interesados en poner al día sus documentos fiscales, ya que brinda la oportunidad de abonar deudas relacionadas con impuestos directos, obligaciones de la seguridad social y tributos aduaneros, entre otros.

De acuerdo con la Resolución General 5808/2025, los individuos, inclusive empresas de diferentes tamaños, podrán beneficiarse de este programa hasta el 31 de marzo de 2026. Con esta prórroga, todas aquellas cuentas pendientes que hayan vencido hasta el 31 de agosto de 2025 podrán ser reincorporadas al flujo normal de cumplimiento por parte de los contribuyentes. Esta extensión abre una puerta de alivio a innumerables personas y entidades que buscan salir a flote en un escenario económico complejo.

Uno de los aspectos destacados de este plan de regularización fiscal es que los contribuyentes no estarán limitados en cuanto a la cantidad de planes que pueden formular. Adicionalmente, se adelanta que la tasa de interés se mantendrá fija, representando el 50% de la tasa resarcitoria vigente. Esta medida se anuncia en un momento crucial para incentivar a los contribuyentes a resolver sus deudas fiscales. Sin embargo, es importante destacar que, en este contexto, no se reducirán los intereses acumulados ni las sanciones establecidas previamente.

Para asegurar que esta medida sea efectiva y adaptable a las diferentes necesidades, el número de cuotas mensuales varía según el tipo de contribuyente. Las personas físicas y las pequeñas empresas pueden obtener hasta 60 cuotas, otras entidades hasta 48, y el resto de las instituciones hasta 36 cuotas. Los planes suponen un pago inicial basado en un porcentaje del total adeudado.

Cabe señalar que el plan no es universal. La ARCA ha definido claramente cuáles son las obligaciones excluidas de este régimen, lo que implica que no todas las deudas estarán cubiertas por esta extensión. Es esencial que los contribuyentes verifiquen qué obligaciones fiscales pueden ser incluidas en su plan de pago para evitar sorpresas indeseadas más adelante. Esta excepción en ciertos aspectos busca mantener una estructura fiscal clara y confiable en el país.