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09/11/2025

Imprudencia al volante: un camionero sobrepasó un auto, lo chocó y ahora tendrá que pagar

Una pericia y un testigo dejaron evidencias condenatorias en la justicia.
El siniestro vial ocurrió cerca de una estación de servicios del boulevard y ruta 3. Foto archivo.
El siniestro vial ocurrió cerca de una estación de servicios del boulevard y ruta 3. Foto archivo.

La Unidad Jurisdiccional Civil Nº 3 de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en Viedma, a cargo del juez Leandro Javier Oyola, tuvo que zanjar diferencias en un accidente registrado durante la mañana del 26 de octubre de 2022 en el boulevard Contín, en inmediaciones de una estación de servicio que funciona frente la Ruta Nacional Nº3 y ese paseo público.

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Ese día, un automovilista conducía su vehículo marca Ford Fiesta desde la rotonda ingresando al boulevard cuando vio que un camión Mercedes Benz, al salir de la estación de servicio, aminoró la marcha, según consta en un expediente presentado en el Poder Judicial de esta ciudad.

En ese momento se dio cuenta de que el chofer le cedió el paso tirándose al lado derecho de la calle, a un costado del boulevard. Sin embargo que a mitad de cuadra, unos metros antes de la intersección de la calle Ministro Jofré el camión lo cierra chocándolo y destrozando su pequeño vehiculo.

De acuerdo a la versión del automovilista, que concurrió al juzgado a reclamar una indemnización por los daños, el camionero le cedió el paso primero, y luego al realizar el sobrepaso no vio su vehículo, extremos que el vehículo que circulaba detrás suyo le confirmó al bajar a socorrerlo y expresarle dichas circunstancias.  

 En el proceso judicial, aportaron datos relevantes un testigo y luego un reconocido perito en accidentología vial. El primero fue tajante. Explica que él venía en una moto atrás y que el camión no tenía guiño ni balizas al salir de la estación de servicio.

El perito, en el marco de un profuso informe, indicó que "el factor humano representado por el conductor del camión es quien aportó la causa eficiente para que el accidente ocurriera al no advertir convenientemente su intención de girar a la izquierda. Su trayectoria previa al intento de giro no fue la adecuada para impedir que otro vehículo transite por su izquierda".

Agregó que "de la descripción de la mecánica del accidente surge claramente que el vehículo embistente ha resultado el camión, y como consecuencia de su maniobra el vehículo embestido resultó el Ford Fiesta. La posición final de reposo en que quedó el automóvil se corresponde con la trayectoria original que tenía antes del choque es decir por el carril izquierdo de Contín en dirección al centro de la ciudad, y se detuvo luego de pasar la intercesión con calle Jofré". 

En consecuencia, el magistrado hizo lugar recientemente a una demanda por Daños y Perjuicios condenando al chofer, la propietaria y una aseguradora  a que abonen en el plazo de 10 días por Privación de Uso la suma de 600.000 pesos.

No obstante, dispuso diferir para la etapa de ejecución de sentencia la cuantificación del rubro Daño Material al vehículo y rechazar los rubros Desvalorización del Vehículo, Lucro Cesante y Daño Moral siendo que todas las sumas que se cuantifican en la presente y en etapa de ejecución de sentencia, sin perjuicio del plazo dado para abonarlas, devengarán sin solución de continuidad desde la fecha de su determinación y hasta su efectivo pago intereses conforme a calculadora oficial del Poder Judicial.  

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