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17/10/2025

Sobreseyeron a un automovilista acusado por lesiones tras un choque en Viedma

La Justicia entendió que el implicado no cometió delito alguno en el siniestro ocurrido en 2024. Su defensor había reclamado el cierre definitivo del caso, argumentando que la pericia accidentológica contenía errores.
Poder Judicial de Viedma.
Poder Judicial de Viedma.

El Juzgado de Garantías de la Primera Circunscripción Judicial resolvió sobreseer a un viedmense de 57 años, en el marco de una causa por lesiones leves culposas, ocurrida tras un accidente vial en agosto de 2024. La jueza Georgina Amaro Piccinini consideró que el hecho investigado no constituía delito y declaró extinguida la acción penal.

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La decisión se tomó luego de una audiencia realizada el viernes 3 de octubre, en la que estuvieron presentes el imputado, su defensor —el abogado Agustín Gutiérrez— y la agente fiscal Maricel Viotti Zilli.
Durante la audiencia, la defensa insistió en que la pericia accidentológica inicial contenía errores que llevaron a una interpretación equivocada de los hechos.

Según explicó Gutiérrez, la fiscalía había sostenido que su cliente no respetó la prioridad de paso de la conductora denunciante, quien transitaba junto a su esposo. Sin embargo, el propio relato de la denuncia indicaba que la mujer se encontraba detenida en la intersección de la Ruta 3 para doblar a la derecha, situación en la que —de acuerdo con el artículo 41 de la Ley Nacional de Tránsito— se pierde la prioridad de paso.

“De esta manera no hay conducta antirreglamentaria del señor, no hay delito”, argumentó el defensor, quien reclamó que su asistido no podía quedar “supeditado a un archivo eterno” de la causa.

Tras analizar los antecedentes, la jueza coincidió con la postura de la defensa y resolvió dictar el sobreseimiento, señalando que el hecho investigado no se adecúa a una figura penal. Además, estableció que el proceso no afecta el buen nombre y honor del imputado.

La resolución se dictó sin costas y bajo los artículos 45 y 89 en función del 94 del Código Penal, junto al artículo 39 inciso B de la Ley Nacional de Tránsito 24.449.

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