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29/07/2025

Padre indiferente: un joven recurrió a la justicia de Viedma para llevar el apellido de su mamá

Tiene escasos recuerdos de su progenitor, adujo en una presentación.
Intervino la jueza Scoccia de los tribunales capitalinos.
Intervino la jueza Scoccia de los tribunales capitalinos.

En la vida, hay momentos que empujan a tomar decisiones difíciles. Este es el caso de un joven que ha decidido recurrir a la Justicia en Viedma para solicitar que le sea permitido llevar el apellido de su madre, ante la ausencia total de contacto con su padre.

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El deseo de este joven de adoptar el apellido materno no surge de un capricho pasajero, sino de una profunda necesidad de identidad. En un mundo donde los apellidos a menudo se asocian con legado y pertenencia, él buscó un reconocimiento que su padre no le ha proporcionado.

El caso fue admitido por Ana Scoccia, titular del Juzgado de Familia Nº 5 de esta capital, ante un planteo surgido desde la perspectiva humana. Es que el muchacho  refirió que al nacer fue reconocido por su progenitor biológico, sin embargo jamás ejerció su responsabilidad parental ni promovió el vínculo con él, a tal punto, que los únicos y pocos encuentros que mantuvo con aquél fueron impulsados judicialmente por su progenitora y supervisados por asistentes sociales.

Aclaró que dichos encuentros no formaban parte de sus recuerdos ya que cuando ocurrieron tenía un poco más de un año de vida, y que después de ello no volvió a tener contacto con el señor, por lo que éste era una persona ausente en su vida, a la que desconocía física y afectivamente, y que además no representaba nada para él. En tal contexto, expuso que los únicos lazos afectivos que reconoce y con los que se identifica son con sus abuelos maternos y con su progenitora, ya que éstos ejercieron roles importantes a lo largo de su vida.

Por dichas razones, explicó que no se identificada con el apellido paterno y que ser denominado con dicho apellido le ocasionaba frustración e incomodidad ya que no coincidía con su realidad puesto que en diversos ámbitos es reconocido con su segundo apellido, el materno, conforme precisiones que formuló. Asimismo, manifestó que proyectaba culminar sus estudios y que en dicho acto académico deseaba ser llamado como L.R.M. y que a su vez sea así reconocido en su futura vida laboral y familiar.

Al evaluar el planteo, Scoccia interpretó en base al Tratado de Derecho de Niños, Niñas y Adolescentes que  “...la designación exclusiva que corresponde a cada individuo y que cumple esencialmente con la función de identificarlo en relación con los demás”, y presentando, a su vez, “...un contenido de intensidad profundo, que es la individualización única que titulariza cada persona y que la caracteriza como sujeto y, a su vez, como parte de una determinada familia”.

En consecuencia, la magistrada hizo lugar a la demanda presentada el 10 de diciembre del año pasado disponiendo la supresión del apellido paterno, llamándose en lo sucesivo con el de la madre.  A su vez, ordenó que en la documentación correspondiente a la persona se consigne que su nuevo nombre debiendo ser inscripto de ese modo.

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