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25/07/2025

Un preso pidió salir del Penal para el nacimiento de su bebé y la Justicia le respondió

Su pareja tiene programada una césarea para el último día de este mes.
Una historia simple y poderosa de un preso de Viedma convertido en padre tras las rejas.
Una historia simple y poderosa de un preso de Viedma convertido en padre tras las rejas.

La Justicia Penal de Ejecución N°8 dio esta semana un fallo que escapa a los expedientes rutinarios y pone el acento en la dimensión humana del castigo: autorizó a un interno del Complejo Penal de Viedma a salir, de manera excepcional y por una hora, para presenciar el nacimiento de su hijo.

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Se trata de un hombre que cumple condena en la unidad penitenciaria y que, a través de su defensa, solicitó el permiso basándose en un artículo específico de la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad (N° 24.660), que contempla salidas excepcionales por razones humanitarias o de “deber moral”.

El 31 de julio de este año será la fecha clave, ya que su pareja tiene programada una cesárea en el Hospital Artémides Zatti de Viedma. Es así, que la defensa presentó un certificado médico firmado por la ginecóloga de la madre, que confirmó la intervención programada.

Además, el área social del penal corroboró la información con la mujer, quien expresó su conformidad para que el padre del niño esté presente durante el nacimiento.

En este contexto, la jueza del Juzgado de Ejecución Penal N° 8 entendió que el pedido se encuadra en lo que la ley considera un "deber moral" y recordó que, aunque el artículo no menciona expresamente los nacimientos, la jurisprudencia y la práctica penitenciaria ya reconocen el derecho del interno a estar presente en un momento tan determinante para la vida familiar.

"Asistir al nacimiento de un hijo constituye un acto profundamente humano, y representa una oportunidad para fortalecer vínculos y trabajar en el proceso de resocialización", sostuvo la magistrada en su fallo.

Una salida significativa

La resolución fue clara: el egreso será por un plazo mínimo de una hora, con custodia policial permanente, y bajo la condición de que la víctima del delito por el hombre fue condenada no se encuentre en el lugar.

Además, se instruyó a la dirección del penal a verificar esta última condición, en cumplimiento con las garantías y derechos de las personas involucradas en el proceso judicial.

El caso abre una ventana a un aspecto poco explorado del cumplimiento de las condenas: el de las emociones y los vínculos que sobreviven al encierro. Desde la justicia se argumentó que este tipo de decisiones apuntan al fin resocializador de la pena, y al respeto por el Interés Superior del Niño, que también está en juego cuando se trata de construir o consolidar la figura paterna desde el comienzo.

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