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11/07/2025

La Justicia de Viedma permitió que un preso viaje hasta Neuquén para visitar a su papá

La magistrada de Ejecución Penal de esta ciudad habilitó una salida excepcional, para que un interno cumpla con un “deber moral”.
Preso en el Penal 2 de General Roca. Foto Web.
Preso en el Penal 2 de General Roca. Foto Web.

En medio de la feria judicial, un fallo del Juzgado de Ejecución Penal Nº 8 de Viedma permitió que un hombre privado de su libertad pueda reencontrarse, por una hora, con su padre internado en grave estado de salud en una clínica de Neuquén.

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La medida fue autorizada como una salida excepcional en el marco del artículo 166 de la Ley 24.660, que contempla situaciones humanitarias para internos condenados con prisión efectiva.

El pedido fue presentado el 7 de julio por la defensa del sujeto, quien se encuentra alojado en el Complejo Penal Nº 2 de General Roca. Según se informó, su progenitor fue internado en la Clínica de Imágenes de Neuquén en terapia intensiva por un cuadro calificado como “neurocrítico”.

Frente a esta situación, la magistrada interviniente ordenó habilitar la feria judicial para evaluar con urgencia la solicitud y requirió al Servicio Penitenciario que confirmara el estado del paciente.

La comunicación directa con el médico tratante —el Dr. Francisco Ariel Mansilla— ratificó la internación y los horarios de visita del establecimiento sanitario, ubicado sobre calle Santa Fe N.º 273, en pleno centro de la capital neuquina.

Un derecho, no un privilegio

La jueza remarcó que el caso se encuadra dentro de lo previsto por la ley: cuando hay una enfermedad grave, un accidente o un fallecimiento de un familiar directo, las personas privadas de libertad tienen derecho a que se les faciliten los medios para cumplir con sus deberes morales.

Tras evaluar la documentación médica y las condiciones planteadas, el fallo resolvió autorizar el traslado de este recluso, bajo custodia permanente por el plazo mínimo de una hora. El permiso se enmarca también en lo establecido por el Decreto N.º 1136/97 y el Decreto 1634, que regulan este tipo de situaciones excepcionales en el régimen penitenciario.

El pronunciamiento judicial resalta la función del fuero de ejecución penal como garante de los derechos constitucionales incluso en contextos de encierro, recordando que el trato digno y la humanidad no se pierden con una condena.

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