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05/07/2025

La Justicia autorizó a un padre a dejar de pagar la cuota alimentaria, tras la mudanza de sus hijos

Dos jóvenes que antes vivían con su madre se fueron a vivir con su papá y la jueza resolvió que ya no corresponde continuar con esta obligación monetaria.
Poder Judicial de Viedma y un fallo que está apegado a un cambio de realidad de los hijos involucrados.
Poder Judicial de Viedma y un fallo que está apegado a un cambio de realidad de los hijos involucrados.

La jueza de Familia María Laura Dumpé hizo lugar a una demanda presentada por un vecino de Viedma, quien solicitó el cese de la cuota alimentaria que venía depositando a favor de sus hijos mellizos.

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La clave del caso: ambos jóvenes, ya mayores de edad, se mudaron a la capital rionegrina para convivir con su padre y continuar sus estudios. La madre que vive en Bariloche, en tanto, dio su consentimiento en la última audiencia judicial.

La historia comenzó formalmente en agosto de 2024, cuando el papá, trabajador de comercio y residente en Viedma, pidió dejar de pagar la suma fijada en un acuerdo homologado un año antes. En aquel entonces, abonaba un 30% de sus ingresos más asignaciones, además de cubrir la obra social de sus hijos. Sin embargo, con el tiempo, la situación cambió.

Uno de los mellizos decidió mudarse con él para iniciar una carrera en el Centro Universitario Regional Zona Atlántica y Sur (Curzas), de la Universidad Nacional del Comahue. Poco después, su hermano también se trasladó a esta capital. Para esta fecha, ya ambos convivían desde hacía más de un año con su padre, sin que la mamá contribuyera económicamente a su manutención.

Durante el proceso, la progenitora expresó inicialmente su oposición al cese de alimentos, argumentando que uno de sus hijos todavía cursaba el secundario, tenía un leve retraso madurativo y asistía a una escuela especial. Incluso presentó informes de situación social, recibos y constancias escolares. No obstante, luego de que el propio joven informara que se había mudado de manera definitiva con su padre, y que él se hacía cargo de todos sus gastos, la madre prestó su conformidad con el planteo.

La jueza también tuvo en cuenta que fue el propio hijo quien se presentó, junto a su abogado, para confirmar el cambio de residencia y ratificar que no recibía ayuda económica por parte de su madre. En una audiencia por Zoom, celebrada el 1 de julio, los hermanos fueron claros: ya no quieren volver a Bariloche y desean establecerse definitivamente con su papá.

En base a estas pruebas y con el acuerdo de las partes, la magistrada resolvió dar por finalizada la obligación alimentaria fijada en 2023. Además, ordenó la devolución de los fondos que aún permanecían retenidos en una cuenta judicial y que habían sido depositados como parte de la cuota anterior. El dinero podrá ser retirado por el papá para destinarlo al sostenimiento de sus hijos.

En cuanto a los aspectos procesales, la sentencia también resolvió que cada parte cargue con sus propios gastos y reguló los honorarios de los abogados que participaron. Se notificará a la empresa del padre para que cese con los descuentos mensuales y también al juzgado de origen donde se había homologado el acuerdo alimentario previo.

Este caso pone sobre la mesa una situación cada vez más frecuente en los tribunales de familia: jóvenes mayores de edad que cambian su domicilio, eligen con quién convivir y alteran así el esquema de cuidado y manutención fijado en acuerdos anteriores. La resolución judicial, en este caso, se ajustó a la nueva realidad, tomando en cuenta los hechos actuales y, sobre todo, las voces de los propios hijos.

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