Publicidad
 
29/05/2025

En Viedma, una jueza actuó contra un deudor de cuota alimentaria y ordenó un embargo

La cifra ronda los dos millones de pesos.
El deudor tiene cinco días hábiles para cumplir con el pago o presentas las excepciones pertinentes.
El deudor tiene cinco días hábiles para cumplir con el pago o presentas las excepciones pertinentes.

En un reciente fallo emitido por la titular del Juzgado de Familia Nº 7 de esta capital, María Laura Dumpé, se resolvió la ejecución de la sentencia en favor de la parte actora en el caso de deuda de cuota alimentaria hacia sus descendientes.

La decisión determina que el demandado debe abonar la suma de 1.791.574,94 pesos en concepto de alimentos adeudados desde febrero hasta junio de 2024, además de aproximadamente 358.315 pesos por intereses y costas.

Leé también: Efectos del crack: acusan a una joven por robar en una estación de servicios de Viedma

El fallo se basa en la aprobación de una liquidación hecha el 13 de febrero de 2025, notificada a las partes a través de edictos publicados en los Boletines Oficiales de Río Negro y Buenos Aires. La resolución destaca que se han cumplido todos los requisitos formales necesarios para proceder con la ejecución, según lo estipulado en el Código Procesal Civil y Comercial (CPCC).

Entre las medidas adoptadas, se ordena la inhibición general de bienes del demandado, así como la elaboración de oficios para registrar la deuda alimentaria en los registros pertinentes. Además, se establece un embargo preventivo sobre los saldos que el ejecutado pueda tener en cuentas bancarias y plataformas de tecnología financiera, lo que permitirá asegurar el cumplimiento del monto a pagar.

La jueza señaló que el demandado tiene un plazo de cinco días para cumplir voluntariamente con el pago o, en su defecto, presentar las excepciones pertinentes. En caso de no hacerlo, se pasará a la etapa de ejecución forzada de la sentencia.


¿Qué opinión tenés sobre esta nota?