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25/05/2025

Otorgaron prisión domiciliaria en Viedma a un condenado por violencia

Los jueces lo habían sancionado con nueve años y ocho meses de prisión por manipulación, celos y hechos comprobados teniendo como víctimas a parte de su familia. Debe cumplir el beneficio bajo estricto acatamiento.
Concretaron una reciente audiencia en los tribunales capitalinos.
Concretaron una reciente audiencia en los tribunales capitalinos.

El Juzgado de Ejecución Penal Nº 8 de esta capital, a cargo de Shirley González, acaba de incorporar en forma provisoria a un violento sujeto al régimen de prisión domiciliaria por espacio de dos meses, a cuyo vencimiento se evaluará su continuidad, una vez que los médicos del Hospital Zatti dispongan el alta en relación a la pena de nueve años y ocho meses de prisión.

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Tendrá tobillera electrónica de seguimiento satelital. Sin embargo en la audiencia, la flexibilización de las condiciones de reclusión, apuntan a que el personal del Penal Nº 1 de esta ciudad está impedido de atenderlo como corresponde de sus necesidades básicas en virtud de su actual estado de salud.

Aún así, la magistrada durante la sesión que tuvieron como intervenientes a la fiscal Yanina Estela y al defensor oficial Camilo Curi, impuso estrictas medidas para el movimiento de este individuo de aquí en adelante, según surge del fallo al que tuvo acceso NoticiasNet.

Por caso, prohibió al interno ausentarse en forma injustificada del domicilio de Viedma extendiendo la restricción de permanecer en la vereda, a la vez que autorizó, en caso de turnos médicos programados, a salir acompañado por su referente en todo momento para dirigirse únicamente y en forma directa a los centros médicos donde recibe asistencia para continuar con su tratamiento.

La salida implica que debe egresar de su domicilio con 30 minutos de antelación a los turnos asignados, debiendo regresar de manera inmediata y directa a su domicilio una vez finalizada la atención médica y solicitar la correspondiente constancia médica para presentar al Juzgado a través de la defensa o del Instituto de Asistencia a Presos y Liberados (IAPL).

Los turnos médicos programados deben ser informados al Juzgado con la debida antelación para su correspondiente autorización, además el condenado y su referente deberán informar a la Unidad de Arresto de Monitoreo Electrónico (UADME) el egreso y retorno al domicilio, luego de la atención médica por turnos programados y que se encuentra autorizado en caso de extrema urgencia médica a concurrir al Hospital Zatti, acompañado de su referente, debiendo informar en forma inmediata a la UADME y acreditar la atención recibida, bajo apercibimiento de revocar el régimen de detención domiciliaria.

La magistrada pidió al Ministerio de Seguridad y Justicia de la Provincia de Río Negro que remita un informe de cumplimiento de pautas en forma quincenal o cuando se registre alguna transgresión o novedad relevante para la presente causa, que incluya un informe detallado de las salidas del condenado, indicando lugar de destino, horario de egreso y regreso al domicilio a fin de cotejarlo con los turnos médicos concedidos.

Asimismo, dispuso al nombrado la prohibición de consumir bebidas alcohólicas, estupefacientes o psicofármacos no prescriptos por la autoridad médica, y que en forma sorpresiva, podrá ser convocado a requerimiento de éste Juzgado para presentarse en el hospital a fin de determinar el consumo de bebidas alcohólicas, estupefacientes o psicofármacos no prescriptos por la autoridad médica mediante estudios de laboratorio, por los argumentos esgrimidos en el marco de la audiencia y que será notificado a través de la UADME.

Por otra parte, no podrá tener contacto con las víctimas del caso por el cual fue condenado bajo apercibimiento de ser revocado el beneficio, el trámite de revinculación con su hijo deberá ser canalizado por otros fueros, no podrá organizar reuniones familiares ni recibir demasiado familiares ni tener acceso a internet, como también tener trato cordial con integrantes de organismos de control.

La condena

Este sujeto fue hallado culpable por los jueces Daniela Zágari, Ignacio Gandolfi y Guillermo Bustamante el 12 de octubre de 2023 al comprobarse que fue autor responsable de manipulación, celos, violencia psicológica y emocional hacia su pareja; de acuerdo a la extensa sentencia hecha pública por el Foro de Jueces de la Primera Circunscripción Judicial.

En momentos de la audiencia condenatoria los mencionados magistrados tuvieron que escuchar un abominable relato de la víctima (ex pareja) quien sufrió ahorcamiento, y en su momento, se le detectaron al victimario escenas de desobediencia judicial ante el acercamiento tras una denuncia por violencia familiar.

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