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04/05/2025

Robó ganado, lo condenaron a cuatro años de prisión y salió en libertad condicional

A cambio tienen que cumplir estrictas pautas de conducta.
En el segundo acto no llegó lejos. Mató una vaca de un tiro y alertó a la policía.
En el segundo acto no llegó lejos. Mató una vaca de un tiro y alertó a la policía.

El Juzgado de Ejecución Penal N° 8 de Viedma, a cargo de Shirley González otorgó la libertad condicional para un sujeto de 22 años condenado por abigeato. El Foro de Jueces de esta capital había dispuesto cárcel por cuatro años cuyo vencimiento es el 28 de junio de 2026.

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Los hechos

Aprovechando la oscuridad del día 15 de septiembre de 2021, este individuo ingresó a un establecimiento rural ubicado en el kilómetro 111 de la ruta nacional N° 250 y se apoderó de dos terneros Aberdeen Angus procediendo a faenarlos. Quedó muy expuesto porque llamó a un conocido para que lo fuera a buscar, y este último declaró como testigo.

El 28 de abril del año siguiente ingresó a la chacra ubicada en el kilómetro 119 de la ruta nacional N° 251 e intentó sustraer un vacuno raza Hereford dio muerte previamente con un disparo en la cabeza y comenzó faenarlo con un cuchillo, no logrando su cometido por el arribo de personal policial. Dos meses después fue condenado por la Justicia de Viedma.

Condicionamientos 

Durante la audiencia de liberación con la presencia del condenado, su defensa de Ángel Curzi, y Gonzalo Sanz en representación del Ministerio Público Fiscal, se le informó que tendrá cumplir estrictas pautas de conducta para mantener el beneficio.

Más allá de la colocación de una tobillera electrónica, el cuatrero deberá acreditar la actividad laboral/ oficio o profesión, no frecuentar lugares públicos y/o privados en los que se concentre numerosa cantidad de gente, como así tampoco bares, restaurantes y/o locales donde se expidan bebidas alcohólicas y abstenerse de consumir las mismas y/o estupefacientes.

González hizo saber al condenado que podrá ser convocado por el Juzgado a fin de realizar las pruebas necesarias para comprobar el consumo de sustancias. No podrá portar (simple tenencia) -bajo ningún concepto- armas de fuego, sean de uso civil y/o de guerra, aptas o no para el disparo. No cometer nuevos delitos.

Prohibió la salida del condenado de Conesa, donde fijó domicilio, y en caso de ser necesario por cuestiones estrictamente laborales y/o personales establecer que deberá informar al Juzgado, a través del Instituto de Asistencia de Presos y Liberados (IAPL) y/o su defensa con la debida antelación necesaria, acreditando la circunstancia indicada.

La magistrada informó que la prohibición incluye las zonas rurales cercanas a la localidad. Dispuso que permanezca en el domicilio propuesto desde las 22:00 horas hasta las siete del día siguiente, veda la posibilidad de que se acerque a menos de 500 metros y de tomar contacto de manera directa y/o ejercer actos molestos o intimidantes, por sí, por terceros y/o por cualquier medio (telefónico redes sociales etc.) con las víctimas del delito bajo apercibimiento de revocar el beneficio.

En ese contexto, impuso al sujeto que en caso de coincidir en la vía pública con las víctimas de autos, es su responsabilidad modificar el recorrido a fin de cumplir con la prohibición de acercamiento establecida precedentemente.

Durante el usufructo del presente régimen no puede utilizar redes sociales, no conducir vehículos y que realice Tratamiento Psicológico en el Hospital de Conesa y/o de forma privada a fin de abordar el consumo problemático de sustancias, debiendo el condenado informar en el plazo de cinco días el profesional y/o Institución en la que realizará el tratamiento, a fin de remitir copia de la Sentencia condenatoria.

Por otra parte, González decidió que las víctimas del hecho delictivo sean notificadas de lo dispuesto y que ante cualquier incumplimiento por parte del condenado podrá comunicarse ante este Juzgado de Ejecución Penal N° 8, entre otras medidas.

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