Publicidad
 
22/04/2025

Un padre ganó una batalla legal en Viedma y logró cortar la cuota alimentaria

Se consideró el incremento en los ingresos de la madre como un factor para modificar la obligación del padre.
Este fallo marca un precedente significativo.
Este fallo marca un precedente significativo.

En un reciente fallo, el Juzgado de Familia N° 5 de Viedma otorgó el cese de la cuota alimentaria que había sido establecida para un menor de edad, hijo de dos agentes públicos, a raíz de la demanda presentada por el padre el 4 de abril de 2024. La decisión se basa en los argumentos expuestos por el demandante.

Leé también: Embargaron cuentas de un comerciante de Viedma por multas impagas

Según la información a la que accedió NoticiasNet, el padre del menor explicó que, tras el nacimiento de su hijo, se acordó un sistema de cuotas alimentarias que representaba el 25% de sus ingresos, porcentaje que se fijó en el contexto de un acuerdo de cuidado compartido del niño. Sin embargo, a partir del año 2020, la situación comenzó a cambiar cuando la señora, madre del menor, se graduó jerarquijandose en su trabajo, y empezó a contar con ingresos propios.

Durante una mediación en agosto de 2020, las partes acordaron reducir la cuota alimentaria al 15% de los haberes de progenitor, suponiendo que la madre asumiría su parte del cuidado personal del niño. Pero, según el padre, este compromiso no fue cumplido y el niño pasó la mayor parte del tiempo bajo su cuidado en su hogar.

Por otra parte, se tomó en cuenta que de acuerdo a los recibos de sueldos acompañados por las partes, se advierte que los ingresos de las partes hoy no son equivalentes, ya que como se valoró la señora U. actualmente recibe un haber levemente mayor, ya que en octubre último percibió haberes brutos (deducidos los descuentos de ley) equivalentes a $1.290.000, que sumado a la cuota alimentaria, rondó los $1.485.000, mientras que el progenitor en el mismo período percibió haberes brutos deducidos únicamente los descuentos de ley (aportes a la obra social, jubilación y seguro de vida) por la suma de $1.234.000 y que, al descontarse la cuota alimentaria a favor del niño, cobró $1.027.000, aproximados.

Con base en estos argumentos y la falta de cumplimiento del régimen de cuidado por parte de la madre, la jueza Ana Carolina Scoccia resolvió favorablemente la demanda. El fallo no sólo establece el cese de la cuota alimentaria, sino que también determina que ambos progenitores deberán compartir los gastos ordinarios y extraordinarios del niño en partes iguales. Esto incluye gastos escolares, vestimenta, material de estudio y atención médica, entre otros.

Finalmente, la jueza advirtió al padre del menor que, en caso de que no cumpla con su obligación de abonar los gastos realizados por la Sra. U. dentro del plazo estipulado, podría ser considerado como incurrir en conductas de violencia económica, lo que motivaría la revisión de una posible cuota alimentaria nuevamente.

Este fallo marca un precedente significativo en la resolución de conflictos de custodia y obligaciones alimentarias, planteando un enfoque sobre los derechos y responsabilidades compartidas en el marco de la crianza de los hijos.

¿Qué opinión tenés sobre esta nota?