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21/03/2025

La explicación legal tras el enojo por la condena que tendría Padilla Ibáñez: “Guarda con que no se aplique la máxima”

El abogado penalista Luciano Perdriel abordó el caso desde lo que marca el Código Penal para estos casos. En el caso de la mendocina, por haber ocasionado la muerte de tres viedmenses.
Esther Padilla Ibáñez fue declarada culpable y espera saber cuántos años le darán
Esther Padilla Ibáñez fue declarada culpable y espera saber cuántos años le darán

Esther Padilla Ibáñez fue declarada culpable del siniestro vial que ocasionó en marzo de 2024 en la Ruta 225. Debido a las malas maniobras, producto de que iba alcoholizada y usando su celular, con su Toyota Hilux chocó a una Renault Duster en la que viajaba una familia de Viedma.

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Producto del impacto, murieron Martha, Juan Cruz y Tomás Andrade. El único sobreviviendo fue Fabián Andrade, quien era el que conducía. Pero, conocida su culpabilidad por parte de los jueces, en la sociedad se generó una gran indignación por la pena que caerá sobre la mendocina. 

Según marcar el Código Penal, para este tipo de casos la mínima es de 3 años y la máxima de 6. Ese es el tope para alguien que se cobró tres vidas por su accionar, y no depende de quien imparte justicia, sino de lo que está escrito. Ante lo que se generó en la opinión pública, Radio Noticias (105.5) charló con el abogado penalista Luciano Perdriel, que explicó cómo funcionan las leyes. 

"Como primera medida, es un tema de absoluta complejidad, por supuesto que la novedad del pedido de pena y estas cuestiones que hemos conocido del caso por la trascendencia mediática. Aclaro que yo no he participado del proceso ni como defensor ni como querellante, pero desde el trascendido, sobre todo en este tipo de causas que tiene un impacto mediático muy importante, se entiende y se siente en la gente esa sensación de insuficiencia", comenzó. 

Luego, ya metido en el caso, mencionó: "De lo que ha trascendido, tanto del Ministerio Público Fiscal como de la querella, entiendo han hecho acusaciones por la pena máxima, y es una cuestión que se encuentra claramente limitada por las disposiciones del Código Penal. No puede ni el fiscal, ni la querella pedir una pena a los jueces más alta de la que prevé el mismo código, y en eso el código es absolutamente claro".

"Habla de una pena para este tipo de homicidios, que son homicidios culposos pero agravados, la pena tiene una escala que va de 3 a 6, por lo cual, no quiero ser tampoco pesimista, porque estamos hablando siempre en la abstracción, sin el conocimiento del expediente, pero la realidad es que la pena máxima es de 6 años...guarda con que no se aplique la máxima y sea inferior", explicó.

Y remarcó: "El mismo código te da las pautas, los elementos para valorar o individualizar esa pena dentro de la escala, y el Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Río Negro también tiene formado su criterio sobre cómo se establece o individualiza esta pena. Entonces, hay elementos que hay que ver".

Sobre eso último, remarcó: "Los antecedentes penales, la edad de la persona imputada, la necesidad de que tenga que tener una pena de cumplimiento efectivo porque hasta aquí venía cumpliendo una prisión preventiva para asegurar los fines del proceso. Entonces, guarda con el criterio de que la pena no se acerque más a la mitad de la escala penal y, incluso la defensa lo ha pedido, y está en el escritorio también para definir, la pena de cumplimiento condicional". 

Regresando a lo que marca la ley, sentenció: "Es un tema complejo porque cuando suceden estos tipos de hechos, sobre todo lo que tiene que ver con homicidio, porque nosotros aquí en la comarca, y en mi estudio con mi socio Manuel Maza, hemos tenido la posibilidad de trabajar en este tipo de hechos en los que hay un resultado fatal, se produce la muerte de un acto que, en principio, si bien debe tener las predicciones, la conducción reglamentaria, esto no sucede. Y de la vereda de enfrente se produce la muerte, se arruina una familia". 

"Si creo que este hecho en particular tiene una trascendencia muy grande por todo lo que sucedió en el momento posterior, la actitud de la imputada que fue lo que le mereció la prisión preventiva, el consumo de alcohol, el grabarse en videos, alguna situación irregular respecto del seguro, cuestiones que van a servir para medir la pena, y le va a jugar en contra. Pero también puede haber otras cosas que reduzcan eso", remarcó.     

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