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TRÁNSITO

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18/03/2025

Ley de Tránsito: se oficializaron los cambios

La medida procura agilizar trámites y eliminar procesos burocráticos.

El Gobierno Nacional ha oficializado una serie de modificaciones importantes en el decreto reglamentario de la Ley de Tránsito. Estas reformas están orientadas a simplificar una normativa que llevaba casi tres décadas sin cambios significativos, y prometen facilitar la vida tanto a conductores particulares como a profesionales. Las autoridades informaron que las iniciativas surgieron del trabajo conjunto entre el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado y la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía.

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Un eje central de estos cambios es la digitalización de la licencia nacional de conducir. Ahora, los conductores en todo el país podrán obtener y renovar sus permisos de manera digital. Esto facilita enormemente los trámites, permitiendo una mayor accesibilidad. Además, se introducen nuevos intervalos de renovación establecidos por grupo etario: aquellos menores de 65 años deberán renovarla cada cinco años; quienes superen esa edad, cada tres, y quienes tengan más de 70 años, anualmente.

Por otro lado, la normativa elimina la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI) para conductores profesionales de cargas generales y de pasajeros. En su lugar, las licencias nacionales de conducir C, D y E serán válidas para transporte interjurisdiccional, lo cual constituye un gran avance en términos de simplificación administrativa y reducción de costos para los involucrados.

Otro aspecto destacado es la modernización de los peajes mediante la implementación de sistemas de cobro sin barreras en todas las rutas nacionales antes de junio de 2027. Estos sistemas, conocidos como free flow, garantizarán un tráfico más fluido y reducirán tiempos de viaje para todos los usuarios del sistema vial.

Respecto de los plazos para la realización de las revisiones técnicas, en vehículos 0km de uso particular, se extiende a 5 años a partir de la fecha de patentamiento inicial. En el caso de los 0km de uso no particular, tendrán que hacer su primera revisión en el plazo que establezca la jurisdicción local, y que no podrá superar el año. En vehículos usados de uso particular con hasta 10 años de antigüedad la revisión técnica tendrá una vigencia de 2 años y en los de antigüedad mayor a 10 años la vigencia será anual.

Finalmente, el reglamento aborda los requisitos para los vehículos autónomos y moderniza el traslado de trailers y casas rodantes. Ahora, tan solo se necesitará un Certificado de Seguridad Vehicular (CSV), simplificando el proceso y haciéndolo más económico para los usuarios.