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19/09/2024

Un nombre, dos vidas: la historia de un joven que decidió cambiar su identidad

Un viedmense, desde siempre fue conocido con otro nombre, pero su documento lo identifica con el mismo nombre que a su hermano mayor.
Sobre que contiene un DNI.
Sobre que contiene un DNI.

Para muchos, el nombre es una parte fundamental de su identidad. Para A., un joven de 21 años, fue una fuente constante de confusión y dolor. Desde su nacimiento, fue inscripto por su padre con el mismo nombre que su hermano mayor, un hecho que marcó su vida de una manera que solo ahora, con la mayoría de edad, está dispuesto a corregir.

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Nunca entendió por qué su padre lo nombró así, y tampoco lo sabe su madre, quien no participó en esa decisión. Ambos hermanos cargaron con esa dualidad, pero A. decidió ponerle fin.

El joven siempre utilizó el nombre que su madre hubiera querido darle. Sus amigos y familiares llaman de esa manera desde pequeño. Sin embargo, cada vez que debía realizar un trámite, el nombre que figuraba en su documento le recordaba a su hermano, no a él mismo. Esta duplicidad impactó en su autoestima y en su percepción de identidad, hasta el punto de desear dejar atrás un nombre que nunca sintió como propio.

Ante esta situación, A. acudió a la Defensa Pública, donde expresó su deseo de modificar su nombre en todos los documentos legales. Además, solicitó agregar el apellido de su madre para poder utilizar ambos en su vida cotidiana. La defensora civil a cargo del caso escuchó su historia y ofreció el apoyo necesario para iniciar un proceso judicial que busca la rectificación de su partida de nacimiento.

Este trámite, que se encuentra en curso, no solo implica cambiar un nombre en un papel. El equipo de la Defensa Pública citó a familiares y amistades de A. como testigos para que puedan brindar su perspectiva sobre la necesidad de este cambio. También se solicitó una pericia legal que evaluará el impacto emocional que le ha causado utilizar un nombre con el que no se identifica, y cómo este cambio podría mejorar su bienestar.

El Código Civil y Comercial de la Nación establece en su artículo 69 que el cambio de nombre o apellido solo es posible si hay "justos motivos" y debe ser evaluado por un juez. En este caso, la afectación de la personalidad y el dolor emocional que ha vivido A. parecen ser razones suficientes para que su solicitud prospere.

Este proceso representa mucho más que un trámite burocrático para A. Es la oportunidad de desvincularse de un error que ha marcado su vida y avanzar hacia una identidad que refleje quién es realmente. La resolución final del juzgado será un paso crucial en la conformación de su nueva identidad legal, pero lo más importante para él es poder mirarse en el espejo y ver a la persona que siempre fue, con el nombre que lo representa.

Este caso pone en relieve el valor del nombre como parte esencial de nuestra identidad, y cómo corregir un error puede significar mucho más que un cambio en los registros. Para A., es una reivindicación personal, una nueva oportunidad para ser quien siempre supo que era.

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