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DEFENSA DEL CONSUMIDOR

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04/09/2024

Condenaron a una empresa por entregar averiado un equipo de carnicería

El Juzgado de Paz de Viedma falló en favor del comprador a quien tampoco quisieron entregarle factura por la venta.
Deberán indemnizar al damnificado con más de 400.000 pesos.
Deberán indemnizar al damnificado con más de 400.000 pesos.

En febrero pasado, un carnicero se presentó en el Juzgado de Paz de esta capital interponiendo una demanda contra una fábrica de equipos de carnicería  ubicada en Avellaneda, en el marco de la Ley de Defensa del Consumidor Nº 24.240, como consecuencia de la entrega de la mezcladora de carne estropeada luego de haberla recibida de una empresa de envíos de paquetes.

https://agencia.rionegro.gov.ar/?contID=75697

El damnificado contó en ese momento ante el tribunal que conduce Pablo Díaz Barcia que el 8 de agosto del año pasado realizó la transacción por el equipo con capacidad de  50 litros de capacidad, y que cuando recibió la máquina la tapa estaba abollada en la parte superior y que no contaba con ningún tipo de comprobante (factura o remito).

Tomó contacto con el fabricante para realizar el correspondiente reclamo, y éste le manifestó que debía realizar el planteo a la transporado deslindando todo tipo de responsabilidad de lo acontecido. Asimismo, el comerciante solicitó la  emisión de una factura, “a lo cual el vendedor le informó que no podía emitirla ya que debería habérsela pedido con anterioridad a la compra”, indica el fallo al que tuvo acceso NoticiasNet.

Manifestó que al no tener una respuesta favorable, solicitó el pago de los valores de una tapa nueva, le explicaron que le informarían a la brevedad, luego de lo cual, no tuvo más contacto con la empresa demandada quien no volvió a responder a sus reiterados reclamos, eliminando además todas las formas de comunicación.

Una vez evaluado el caso de menor cuantía, Díaz Barcia condenó al fabricante exigiendo la inmediata entrega de la tapa de acero inoxidable para mezcladora de carne de 50 litros, la que deberá estar en condición de nueva y apta para  pleno uso de mezcladora precitada, o bien a opción del demandado, abonar 240.000 pesos en concepto de capital de sentencia por daño patrimonial y otros 163.625 pesos por daño extrapatrimonial. Esas obligaciones deberán ser cumplidas en el plazo de 10 días de notificada la sentencia.

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